Los reclutas del “Vatayón Militante” podrían votar en la Ciudad

Los reclutas del “Vatayón Militante” podrían votar en la Ciudad

El derecho a votar de los condenados a prisión está en análisis en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad. Hasta hoy, sólo pueden votar quienes tienen prisión preventiva. Presos, menores, y extranjeros, más de 3 millones de posibles electores en 2015.


La afirmación de Sergio Schoklender sobre la existencia de un grupo de militantes relacionados con La Cámpora que ?van por los pabellones y se mueven con total libertad? por las cárceles llevando el mensaje del modelo kirchnerista a los presos, generó gran revuelo en los medios días atrás. El trabajo del ?Vatayón Militante? (con v por la Victoria, y con y vaya uno a saber por qué) en las cárceles, emulando a lo que por décadas fue la labor de evangelización de diversas religiones cristianas, podría dar frutos en la Ciudad de Buenos Aires de resolverse en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia porteño una acción declarativa de inconstitucionalidad a favor de avalar el voto de los condenados a prisión.

Hasta hoy, en la Ciudad de Buenos Aires, y a raíz de la acordada 7/2011 del Tribunal Superior de Justicia de la CABA, los presos sin condena, es decir, quienes tienen prisión preventiva, no se encuentran excluidos del padrón y pueden ejercer su derecho a voto. Sin embargo, los presos porteños con condena son excluidos del padrón y por lo tanto, no ejercen el voto.

Argumentando que ?la prohibición de ejercicio del voto dirigida hacia las personas condenadas atenta contra su dignidad al considerarlas sujetos incapaces de emitir una opinión válida, y se les niega la posibilidad de participar en el debate político?, la Asociación por los Derechos Civiles se presentó ante la Corte porteña para que declare la inconstitucionalidad de las normas que impiden que los condenados ejerzan el derecho del sufragio.

?En Argentina, la evolución normativa y jurisprudencial tiende irreversiblemente hacia el reconocimiento cada vez más amplio de los derechos electorales y de la participación política, lo que refuerza el anacronismo de cualquier exclusión genérica del derecho al sufragio, tal como la que afecta a las personas condenadas a pena privativa de libertad. Su incorporación al padrón electoral es un paso necesario en la progresiva igualación y universalización del derecho a la participación política?, destaca la ADC.

Y agrega: ?El voto es un elemento esencial para la dignidad de las personas en tanto les reconoce la posibilidad de elegir a quienes mejor representen sus opciones e influir, de este modo, en las decisiones colectivas que afectan su vida diaria. Es un medio para expresarse que resulta especialmente necesario en contextos de encierro, al funcionar como uno de los pocos canales abiertos para que aquellas personas que sufren la máxima restricción que puede imponerse en un Estado de Derecho puedan influir en la vida de la comunidad a la cual pertenecen?.

Si bien los condenados a prisión que podrían votar en el caso que el TSJ resuelva a favor del planteo de inconstitucionalidad no representan un número elevado, el planteo abre un debate jurídico amplio sobre el derecho al voto, e incluso, podría llegar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso de un rechazo del tribunal porteño a declarar la inconstitucionalidad de una parte del Código Electoral Nacional.

El análisis en ámbitos jurídicos sobre el derecho al sufragio de personas inhabilitadas a votar ?en este caso por condenas de prisión-, se suma al que en el ámbito político se encarará en el Congreso frente al proyecto del Frente para la Victoria que propone el voto optativo para los menores de 16 a 18 años, y el reclamo de las colectividades para la incorporación del derecho a participar en elecciones nacionales para los ciudadanos extranjeros.

EN NÚMEROS

En la Ciudad de Buenos Aires, la única cárcel en funciones es el complejo penitenciario conocido como Devoto con una capacidad de 1709 internos y una población actual de más de 1400 personas privadas de su libertad. De prosperar la declaración de inconstitucionalidad del Código Electoral en lo que a la prohibición de votar a los condenados respecta, y de reproducirse dicha visión en todas las provincias las 52.722 personas detenidas en cárceles federales y provinciales (31.389 son internos que están bajo el régimen de prisión preventiva, sin condena firme, mientras que 21.333 han recibido sentencia definitiva) podrán votar.

A las más de 50 mil personas presas que podrían participar de las elecciones, de aprobarse en el Congreso el voto opcional para menores podría incorporarse en 2015, de acuerdo a las proyecciones del INDEC más de 2 millones de personas entre 16 y 18 años.

Y de sancionarse también a nivel nacional la modificación a la normativa para que los extranjeros con residencia en el país puedan votar, varios cientos de miles de electores podrían sumarse a los comicios de 2015 ya que de acuerdo al último censo, 1.805.957 personas son extranjeros (menores y adultos) que viven en el país.

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