Los clubes deberán informar sobre los dueños de los pases de jugadores

Los clubes deberán informar sobre los dueños de los pases de jugadores

La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció una serie de nuevas obligaciones que deberán cumplir la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y los clubes cuyos equipos participen de los torneos de Primera División y Primera B Nacional.


En agosto de este año, Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, bloqueó el CUIT de los agentes y dijo hubo evasión fiscal en transacciones de jugadores. En sintonía con estas declaraciones, y a través de la Resolución 196/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció que los clubes de los torneos de Primera División y Primera B Nacional deberán remitir a la AFA "documentación relativa a sus clientes, para que cuente con los elementos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones como sujeto obligado a informar" a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Asimismo se determinó que la AFA "deberá considerar el cumplimiento que los clubes observen de tal obligación, como una de las cuestiones a tener en consideración a la hora de decidir efectuar un Reporte de Operación Sospechosa" a la UIF.

En este sentido, la AFA deberá "informar por única vez antes del 31 de diciembre del corriente año, la titularidad de la totalidad de los derechos económicos, derivados de derechos federativos de todos los jugadores que integran cada uno de los planteles profesionales", puntualizó la normativa.

Además tendrá que "informar en períodos semestrales, las transferencias o cesiones de derechos federativos; la titularidad de la totalidad de los derechos económicos, derivados de derechos federativos de todos los jugadores que integran cada uno de los planteles profesionales".

También la entidad suministrará la información sobre "los préstamos recibidos (onerosos o no) por importes superiores a la suma de $100.000 o el equivalente en otras monedas, efectuados en un solo acto o fraccionados en varios actos que en su conjunto superen esa cifra, otorgados por una o varias personas relacionadas, en un período no superior a los 30 días". Asimismo, habrá que "informar anualmente, al término de cada torneo, aquellos clubes cuyos equipos de fútbol hubieran ascendido a la categoría Primera B Nacional y los que hubieran descendido de la citada categoría".

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