El Boletín Oficial publicó una actualización del Protocolo para Interrumpir Embarazos

El Boletín Oficial publicó una actualización del Protocolo para Interrumpir Embarazos

La resolución asegura que el aborto es una práctica completamente segura.


Luego que el presidente electo, Alberto Fernández, asegurara que enviará un proyecto propio de despenalización y legalización del aborto, este miércoles la Secretaría de Salud de la Nación publicó en el Boletín Oficial una actualización del Protocolo ILE (Interrupción legal del embarazo) que regía desde el 2015.

En concreto, El “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo. Actualización 2019”, busca “promover el derecho que tienen mujeres, niñas, adolescentes y toda persona con capacidad de llevar adelante una gestación y/o de acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) cuando éste se encuadre en las causales previstas”, es decir, por motivos de salud (en su definición integral, como estipula la OMS) o porque la mujer fue víctima de una violación.

La Resolución establece claramente que “la interrupción del embarazo es un procedimiento sumamente seguro si es practicado con los instrumentos y en las condiciones adecuadas”. Por eso, “debe ser brindada bajo los mismos parámetros que otros componentes del servicio de salud, es decir, respetando los estándares de calidad, accesibilidad, confidencialidad, competencia técnica, rango de opciones disponibles e información científica actualizada”.

El texto presenta en su anexo las 77 páginas del Protocolo, en cuya redacción colaboraron, entre otras, históricas del feminismo como la abogada Nelly Minyersky , la médica Diana Galimberti y la socióloga Virginia Franganillo.

Se recuerda, asimismo, que actualmente “el aborto en Argentina no es considerado delito cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la persona embarazada, o cuando el embarazo sea producto de una violación, según establece el artículo 86° del Código Penal”.

Señala, además, que “los derechos sexuales y los derechos reproductivos están garantizados en nuestro país por un amplio marco legal que tiene como base la Constitución Nacional, tratados internacionales, el Código Civil y Comercial y el Código Penal, como pilares fundamentales sobre los que se apoyan las leyes nacionales y provinciales.”

El texto del Protocolo actualizado tiene como antecedente “el ‘Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo’ en el año 2015, que, a su vez, tomó como base las dos ediciones de la ‘Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles’ de 2007 y 2010”.

El texto también da cuenta de dos casos desgarradores de violación de derechos de las mujeres en que incurrió el Estado argentino: el de L.M.R . y el de Ana María Acevedo, dos jóvenes de 19 años a quienes se negó el acceso al aborto. Por negarlo a L.M.R ., quien padecía discapacidad y “quedó embarazada producto de una violación, la ONU concluyó que el Estado argentino, ha “violado el derecho de la joven a no ser sometida a tratos crueles, inhumanos o degradantes, su derecho a la intimidad y su derecho a la tutela judicial efectiva”. Por Acevedo, la santafesina diagnosticada de cáncer a quien los médicos suspendieron el tratamiento cuando se confirmó que estaba embarazada, en “2008 un juez correccional de Santa Fe sancionó al ex director del hospital y a los jefes de servicios que intervinieron en el caso por lesiones culposas e incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

522 mil interrupciones de embarazos por año

De acuerdo con las estadísticas oficiales de la Secretaría de Salud, que el propio organismo recoge en el Protocolo, en Argentina se considera que “se realizan entre 370 y 522 mil interrupciones de embarazos por año”, pero esos números son aproximaciones, ya que “por tratarse de una práctica mayormente clandestina, no se dispone de datos precisos”.

“La única información oficial disponible al respecto de los abortos que se realizan en Argentina es el número de hospitalizaciones producidas en los establecimientos públicos por complicaciones relacionadas con abortos”, señala el documento, que recuerda que “en la Argentina, la muerte por embarazo terminado en aborto está entre las primeras causas de muerte materna”.

Considerar que el aborto es un delito penal “lejos de disminuir la incidencia de la práctica, impide el acceso a procedimientos seguros, con lo cual se generan riesgos para la vida y la salud de las mujeres”. Por el contrario, es aborto es “más seguro donde es permitido en términos legales amplios que en entornos legalmente más restrictivos”, afirma el Protocolo.

El mismísimo Secretario de Salud, Alberto Rubinstein, aseguró durante el debate del aborto en el 2018, que en Argentina se producen 41 abortos por hora, el 95% en condiciones inseguras.

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