El domingo por la noche, el Gobierno nacional anunció la decisión de mejorar los términos y condiciones de la invitación de la Argentina a ciertos tenedores de bonos externos en moneda extranjera para canjear dichos instrumentos por nuevos bonos a ser emitidos por la República (la “Invitación”), que fuera inicialmente establecida en el suplemento de prospecto de fecha 21 de abril de 2020.
Argentina revisará los términos y condiciones de la Invitación principalmente para: aumentar la contraprestación a ser recibida por el canje de Bonos Elegibles mediante ciertas reducciones de capital, aumentos de cupones y vencimientos más cortos sobre los Nuevos Bonos que se ofrecen (tal como se define a continuación) y a través de un bono denominado en dólares estadounidenses con vencimiento en 2030 (los “Bonos 1,00% 2030 en USD”) o un bono denominado en euros con vencimiento en 2030 (los “Bonos 0,500% 2030 en USD”) que se entregará como contraprestación por cualquier interés devengado e impago desde e incluyendo la última fecha en que se abonaron los intereses en virtud de los Bonos Elegibles hasta el 22 de abril de 2020 exclusive.
En la propuesta se les permitirá a los tenedores de los Bonos Elegibles denominados en Euros o denominados en Francos Suizos elegir los Nuevos Bonos denominados en USD, sujeto a los procedimientos de prioridad de aceptación y los límites de los bonos.
También se incluirá la entrega de los Bonos 1,00% 2030 en USD o los Bonos 0,500% 2030 en Euros por un monto total de capital determinado en referencia al interés devengado e impago sobre los Bonos Elegibles canjeados desde el 22 de abril de 2020 inclusive hasta el 4 de septiembre de 2020 exclusive, que se entregarán como contraprestación por consentimiento para los tenedores que presenten y no revoquen (o que presentaron y no revocaron) una Orden de Canje válida y aceptada.
El Gobierno resolvió ajustar los términos y condiciones de la cláusula de Derechos sobre Ofertas Futuras descripta en la Invitación para ajustar dichos derechos a las modificaciones descriptas en los puntos 1 a 3 de más arriba;
permitirles a los tenedores de Bonos Elegibles emitidos en virtud del Contrato de 2005 canjear dichos Bonos Elegibles por Nuevos Bonos a ser emitidos en virtud del Contrato de 2005; e incluir umbrales de participación mínima como condición para la consumación de la Invitación, cuya condición la República no puede dejar sin efecto.
Desde que se lanzó la Invitación por primera vez el 21 de abril de 2020, la Argentina mantuvo numerosas rondas de interacciones con representantes de la comunidad inversora y sus asesores. A lo largo de este proceso, el Gobierno nacional tomó nota de la amplia y variada gama de opiniones de los inversores sobre los diferentes aspectos económicos y de documentación de la Invitación.
Las revisiones a la Invitación se realizarán en cumplimiento de estas interacciones para alentar la participación de los inversores de Argentina. Junto con los US$1.900 millones de pagos de interés desembolsados por el país entre diciembre de 2019 y abril de 2020, los compromisos adicionales propuestos por Argentina en virtud de los términos revisados de la Invitación dejan en evidencia la voluntad y buena fe de la República de permanecer comprometida con la comunidad financiera internacional, la cual puede tener un papel importante en la recuperación económica de Argentina.
La República extenderá el vencimiento de la Invitación hasta las 5:00 p.m., hora de la Ciudad de Nueva York, del 4 de agosto de 2020 (el “Vencimiento”).
La Argentina limitará el monto de ciertas series de Nuevos Bonos a los nuevos montos de capital establecidos
Y además, el Gobierno publicará un suplemento del prospecto revisado que refleje las mejoras descriptas en el presente (el “Suplemento del Prospecto Enmendado”).
La Argentina alienta a todos los inversores a considerar los términos revisados de su Invitación y unirse a la República para crear un camino sustentable para la recuperación de la economía de Argentina.
Se considerará que los tenedores que entregaron su orden de canje para la Invitación antes del Suplemento del Prospecto Enmendado, y no revocan dicha orden de canje antes del Vencimiento, han aceptado los términos y condiciones de la Invitación y sus enmiendas. Las referencias a los Tenedores oferentes en la Invitación incluirán a los Tenedores que entregaron (y no revocaron) una orden de canje antes de la fecha del Suplemento del Prospecto Enmendado.
También Argentina contrató a BofA Securities, Inc. y HSBC Securities (USA) Inc. para actuar como agentes colocadores de la Invitación. D.F. King actúa como agente de información, tabulación y canje.
Además el país presentó las declaraciones de registro (incluso el prospecto) y pretende presentar el Suplemento del Prospecto Enmendado ante la Comisión de Valores de los Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés) para registrar los Nuevos Bonos para las ofertas vinculadas con la presente comunicación. Antes de que invierta, debería leer el prospecto en dichas declaraciones de registro y demás documentos que la República presentó o presentará ante la SEC para obtener información más completa sobre la República y dichas ofertas. Puede obtener estos documentos en forma gratuita visitando EDGAR en el sitio Web de la SEC en http://www.sec.gov.
No se realizará ninguna oferta de ningún tipo a los Tenedores No Elegibles.