La Legislatura aprobó este jueves en segunda lectura la ley que habilita la subasta de dos predios lindantes con el Tiro Federal Argentino en avenida Del Libertador y Udaondo, barrio de Núñez -Comuna 13. Las modificaciones efectuadas hoy a dos artículos de la Ley N° 5.558 que en el año 2016 creó la Agencia de Bienes Sociedad del Estado, permitirá que el Poder Ejecutivo proceda al remate a través del Banco Ciudad.
De las trece hectáreas, el 65% de la superficie debe destinarse a uso público, con espacios verdes y calles que se abrirán una vez adjudicados. Además, entre los usos que podrán darse a los terrenos están la construcción de viviendas, oficinas y proyectos hoteleros, entre otros.
El terreno original fue dividido en tres partes: el que se venderá, sobre avenida Del Libertador; el de tres hectáreas que alberga la sede social del Tiro Federal Argentino -dado en comodato desde el año 1891- que, por su valor patrimonial debe ser conservada dado que en 2005 fue declarado Monumento Histórico; y el que será sede del Parque de la Innovación, esto es un complejo de oficinas, laboratorios y empresas integradas a un espacio público.
El dinero recaudado por las subastas será destinado a la construcción del Parque de la Innovación, a la urbanización de las villas 31 y 31 bis y al desarrollo de obras de infraestructura, salud, educación y seguridad.
En tanto, el club Tiro Federal Argentino sería mudado a un predio de 16 hectáreas la misma superficie que tiene en la actualidad frente a la cancha de River. Pasaría a orillas del Río de la Plata junto al Parque de los Niños, entre la desembocadura del arroyo Medrano y el Círculo de la Policía Federal también en Núñez, según un proyecto de ley impulsado por el Ejecutivo, que plantea una cesión por cien años y las obras a cargo del GCABA. Se trata de un terreno fiscal donde la Ciudad de Buenos Aires iba a construir una planta de tratamiento de residuos.
La presidente de la Comisión de Presupuesto, diputada Paula Villalba (VJ) como miembro informante, recordó que mediante la Ley N° 5.558 sancionada el 9 de junio del año 2016 se autorizó la subdivisión de la Manzana 146, Sección 27, Circunscripción 16 en tres polígonos identificados como A, B y C que se encuentran sobre avenida Udaondo en su intersección con avenida Figueroa Alcorta, frente al Estadio Monumental del Club River Plate y se creó el Parque de la Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La modificación aprobada hoy en segunda lectura dispuso que los polígonos A y C sean desafectados del dominio público y declarados innecesarios para la gestión del Gobierno, disponiéndose de conformidad con el procedimiento de venta en subasta pública.
En los fundamentos del proyecto enviado a la Legislatura, el Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta mencionó que “con el propósito de dar acabado cumplimiento a la normativa vigente, deviene necesario adecuar el marco jurídico, lo que brindará seguridad jurídica y fomentará la más amplia e imparcial concurrencia de oferentes, posibilitando la obtención de los fondos necesarios para afrontar las obligaciones emergentes de las leyes N° 5.558, 5.940 y 5.941, a cuyo efecto resulta necesario establecer las modalidades de venta y pago del precio, atendiendo al interés público comprometido y en condiciones de mercado”.
La aprobación en primera lectura se realizó durante la sesión ordinaria del jueves 30 de agosto pasado con 33 votos positivos, 15 negativos de los bloques UC, AyL, FIT y PS, y 10 abstenciones de los bloques Evolución, BP, GEN y MC. Además, de acuerdo a lo establecido en los artículos 89° y 90° de la Constitución local, fue convocada una Audiencia Pública, la que se llevó a cabo el 24 de octubre último, presentándose la presidenta del Tiro Federal Argentino, sin objeciones.
Este jueves, sobre un nuevo despacho de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria la norma alcanzó la aprobación definitiva con 31 votos de VJ, 17 negativos (UC, Ev, AyL y FIT) y 4 abstenciones del Bloque Peronista y GEN.
Las modificaciones a la Ley N° 5558, expresan textualmente:
“Artículo 12.- Declárense innecesarias para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y desaféctense del dominio público las fracciones de terreno identificados como los Polígonos A y C en el artículo 12, conforme su delimitación en el croquis incluido en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente y dispónese la enajenación por parte del Poder Ejecutivo de los polígonos A y C, aprobándose la misma de conformidad con el procedimiento de venta en subasta pública establecido por la Ley N° 2095 y por la presente. A tal efecto el Poder Ejecutivo podrá establecer pagos parciales y/o diferidos de conformidad con el interés público comprometido, para la cancelación del precio. Asimismo, el Poder Ejecutivo podrá evaluar las ofertas de conformidad con el valor presente, entendiéndose el “valor presente” como el valor actual de un monto de dinero que será cancelado en el futuro, en uno o más pagos.”
“Artículo 23.- El Poder Ejecutivo podrá tomar las medidas administrativas necesarias y celebrar los convenios que estime pertinentes para desocupar los Polígonos A y C identificados en el Anexo I de la presente, así como enajenarlos en el estado de ocupación en que se encuentren a fin de dar cumplimiento a la presente ley.”