Publicado: 14/07/2009 UTC General Por: Redacción NU

D’ Elía, a juicio oral

El co-titular de la fiscalía N° 2 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, Claudio Silvestri, presentó el requerimiento para llevar a juicio oral al líder piquetero Luis D’ Elía por haber impedido y obstaculizado la normal circulación de vehículos el pasado 7 de Mayo, durante una marcha sobre la calzada de avenida Rivadavia. D’ Elía podría ser condenado con un máximo de 6.000 pesos de multa o 10 días de prisión.
D’ Elía, a juicio oral
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El líder piquetero Luis D? Elía será llevado a juicio oral, a pedido del co-titular de la fiscalía N° 2 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, Claudio Silvestre, por infracciones al Código Contravencional al impedir y obstaculizar en forma total la circulación de vehículos por la avenida Rivadavia, la avenida de Mayo y todas sus arterias transversales, al momento del paso de la marcha que el imputado encabezó el pasado 7 de mayo.

Según expresa el requerimiento del Fiscal, ?se le imputa a Luis Angel D?Elía el hecho que tuvo lugar el día siete de mayo de 2009, entre las 10 y las 18 horas aproximadamente, en su carácter de organizador de una manifestación que recorrió la Av. Rivadavia de esta ciudad, desde Av. General Paz hasta el Congreso de la Nación y continuó por Av. de Mayo hasta Plaza de Mayo; haber impedido y obstaculizado en forma total, junto con un numeroso grupo de personas aún no identificadas, como así también haber dispuesto que dichas personas impidan y obstaculicen de modo total, la circulación de vehículos por Av. Rivadavia (en sucesivos tramos de unas diez cuadras cada uno), Av. de Mayo y en todas las arterias transversales al momento de paso de la marcha. Ello sin dar previo aviso a la autoridad competente. Asimismo, se le imputa haber afectado intencionalmente el funcionamiento del servicio público de transporte que debía circular por Av. Rivadavia, Av. de Mayo y sus arterias transversales?.

En su descargo, D? Elía sostuvo que había dado aviso a la autoridad ?en una reunión que tuvo lugar en el despacho del ministro del Interior? y que ?le avisó? a Florencio Ranzasso y al titular de la SIDE. El aviso se habría hecho de forma verbal el 5 de mayo y al día siguiente, mediante una conferencia de prensa anunció ante todos los medios nacionales la realización de la marcha y sus alcances.

?El planteado aviso verbal al Dr. Randazzo y la conferencia de prensa en la que D?Elía anunció la marcha, no cumplen en absoluto los requisitos previstos por el art. 78 del Código Contravencional para otorgar licitud al corte vehicular producido, de enormes dimensiones y lesivo para un importantísimo número de personas?, remarca el Fiscal.


D? Elía será juzgado por infracciones a los artículos 78 (que protege la libre circulación) y 69 (que castiga la afectación en la prestación de servicios públicos de transporte) del Código Contravencional

El art. 78 contempla una sanción de uno (1) a cinco (5) días de trabajo de utilidad pública o multa de doscientos ($ 200) a un mil ($ 1.000) pesos. El art. 69, establece una pena de un mil ($ 1.000) a cinco mil ($ 5.000) pesos de multa o arresto de dos (2) a diez (10) días. De ser encontrado culpable de los cargos, D? Elía podría ser condenado con una pena máxima monetaria de 6000 pesos, o 10 días de arresto y 5 de trabajos comunitarios.

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