El Gobierno reglamentó finalmente la Ley de Uniones Civiles
Este martes 20 de mayo a las 15 se llevará a cabo una conferencia de prensa en la sede del Registro Civil porteño (Uruguay 753), donde la Secretaria de Gobierno y Control Comunal, Silvana Giudici, el Director del Registro Civil, Felix Pelliza y el Presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Cesar Cigliutti, informarán sobre la reglamentación de la Ley de Uniones Civiles.
Esta norma, la 1.004, fue sancionada por la Legislatura porteña el 12 de diciembre de 2002, y promulgada por el Ejecutivo el 17 de enero de 2003. El proyecto de uniones civiles fue redactado por la jueza Graciela Medina, presentado en la Legislatura por Cigliuti y Flavio Rapisardi, y tomado como propio por el diputado porteño Roque Bellomo (FG) entre otros.
La ley propone que se establezca un registro de uniones civiles en el que podrán inscribirse las personas con independencia de su sexo u orientación sexual, que -salvo que entre sus integrantes haya descendencia común- hayan convivido en una relación de afectividad estable por un período mínimo de dos años -que deberá ser probado por al menos dos testigos- y que residan en la Ciudad de Buenos Aires desde por lo menos dos años antes a la fecha de solicitud de inscripción.
Según esta normativa, no podrán establecer una unión civil los menores de edad, los parientes por consanguinidad ascendiente y descendiente, los hermanos o medio hermanos, los parientes por adopción, los que estén unidos en matrimonio y los declarados incapaces. También se plantea que la unión civil podrá ser disuelta por mutuo acuerdo, voluntad unilateral de uno de los miembros de la unión civil -en este caso bastaría con la acreditación de uno de los integrantes de la pareja de que ha notificado al otro su voluntad de disolverla- o matrimonio posterior o muerte de uno de los integrantes.
El Registro Público de Uniones Civiles funcionará en el ámbito del Registro Civil y Capacidad de las Personas y tendrá como función, inscribir la Unión Civil a solicitud de ambos integrantes, como así también su disolución.
El director general del Registro Civil porteño informó que "el jefe de Gobierno ha firmado la Reglamentación de la Ley de Uniones Civiles y este Registro Civil será el encargado de formalizar la Unión".
El Decreto que aprueba la reglamentación, fija un plazo máximo de 60 días corridos, desde la publicación del Decreto 556 en el Boletín Oficial para la puesta en funcionamiento del Registro Público de Uniones Civiles, creado por el artículo 2º de la Ley 1004. La constitución de la Unión Civil, así como su disolución, será formalizada por instrumento público con la intervención de un Oficial Público.
El diputado frentegrandista Roque Bellomo explicó que "esto sirve para tener derecho a compartir la obra social con su pareja, le sirve también para poder asistirlo o ser asistido en caso de enfermedad, gozar de una licencia laboral en ese sentido, solamente por supuesto para los empleados públicos de la Ciudad, porque con respecto a los empleadores privados rige la Ley de contratos de trabajo, que es nacional, y que nosotros no podemos bajo ningún punto de vista vulnerar o atacar".
La presidenta de la comisión de Derechos Humanos de la Legislatura, Alicia Pierini, señaló al respecto que "la reglamentación que dará a conocer el Ejecutivo es el acto administrativo lógico derivado de la Ley, que en poco tiempo más va a permitir su implementación. A partir de allí, se verá realmente la aceptación que tiene esta norma en la sociedad".
Por su parte Cigliuti afirmó que "nosotros vamos a presentar un proyecto ahora en unos meses a nivel nacional. Es un trabajo muy arduo y queremos presentarlo con el mayor consenso posible. En la comunidad homosexual argentina creemos tener los mismos derechos que tiene el resto de la sociedad. Este es un paso que nos pone muy contentos, todavía lo estamos festejando y seguimos emocionados por esta conquista pero tenemos que ir así, paso a paso".
"De todas maneras -agregó- más allá de que exista o no una unión civil vamos a estar en pareja, vamos a formar familias, y vamos a seguir haciendo lo que estuvimos haciendo hasta ahora, al margen de la ley o adentro de la ley. Lo que no puede ser es que nuestras parejas no tengan derechos, que si mi pareja se enferma yo no pueda ir a visitarla al hospital, que si mi pareja se muere que yo no lo pueda heredar, etc. Contra eso creo que no hay ningún argumento o si lo hay realmente es meramente discriminador".