Los diputados invitaron por cuenta del pueblo a que todos se suban a la autopista
Poco antes de la una de esta madrugada, tras una maratónica sesión, la Legislatura porteña aprobó una ley por medio de la cual será posible circular gratuitamente por la Autopista Illia sin pagar peaje. Mientras tanto, una comisión investigadora -que se integró por medio de la misma ley- deberá producir un dictamen para determinar si es necesaria la imposición de un peaje. La comisión deberá, además, expedirse sobre la decisión del Poder Ejecutivo de suspender la concesión de COVIMET, el anterior concesionario de la autopista más cara del mundo.
El proyecto de ley fue presentado por los diputados Cristian Caram (UCR), Roy Cortina (PS), Julio Crespo Campos (UCeDé), Héctor Costanzo (UCR) y Marcela Larrosa (UCR).
Los fundamentos que esgrimió el autor del proyecto, Cristian Caram, fueron, en primer lugar, la similitud entre la Autopista Illia y la Autopista Sur, que va desde la Avenida San Juan hasta Avellaneda, a la que calificó como "melliza". "Esta autopista tiene la misma extensión, está explotada por AUSA y es gratuita. En segundo lugar, la empresa AUSA tiene superávit, por lo cual puede hacerse cargo del mantenimiento de la Autopista Illia, sin tener que cobrar peaje. Por último, para resarcir a los ciudadanos que pagaron durante varios años un sobreprecio en el valor del peaje. Respecto al personal de Covimet, deberá ser absorbido por Ausa".
Los autores de la ley justificaron su proyecto de establecer la gratuidad del tránsito por la Autopista Illia en que el peaje constituye un tributo y como tal sólo puede ser modificado por una ley de la Legislatura.
Quizás los señores diputados no lo hayan hecho, pero NOTICIAS URBANAS sí lo hizo. La consulta de la 22ª edición del Diccionario de la Lengua Española, que editó la Real Academia Española, arrojó los siguientes resultados:
Tributo: Carga continua u obligación que impone el uso o disfrute de algo. Obligación dineraria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas.
Tarifa: Precio unitario fijado por las autoridades para los servicios públicos realizados a su cargo.
Peaje: Derecho de tránsito.
A primera vista, el peaje de la Autopista Illia no cumple con la condición de "carga continua" que exige la Real Academia Española, por lo que debería ser considerada una tarifa, que es una imposición ocasional, en este caso, en ocasión del uso de la autopista.
Más allá de las consideraciones lingüísticas, es un absurdo el hecho de desgravar el tránsito por una autopista, que de esta manera deberá ser financiada por todos los ciudadanos, la utilicen o no. Porque siempre alguien debe pagar por ella, ya que, para el infortunio de los porteños, Dios no se ocupa de hacer el mantenimiento de las vías de tránsito.
De todos modos, los únicos que sonríen por estos días son los integrantes del consorcio empresario destituído de su concesión, que deben haberse sentido reconfortados al enterarse de que nadie ocupará por ahora sus antiguas cabinas de peaje.