Publicado: 05/04/2010 UTC General Por: Redacción NU

Otra pareja homosexual podrá casarse

Por tercera vez, un juez de la Ciudad de Buenos Aires consideró que impedir que una pareja homosexual contraiga matrimonio coartaba los derechos garantizados por la Constitución Nacional. El juez Guillermo Scheibler declaró la inconstitucionalidad de dos artículos del Código Civil y ordenó al Gobierno de la Ciudad que celebre el matrimonio entre Martín Canevaro y Carlos Álvarez.
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La Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires volvió a declarar la inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil y concedió un recurso de amparo para que la pareja conformada por Martín Canevaro y Carlos Humberto Álvarez Nazareno puedan contraer matrimonio en el Registro Civil porteño.

Siguiendo la línea marcada por las juezas Gabriela Seijas y Elena Liberatori, el juez Guillermo Scheibler ordenó al Gobierno de la Ciudad que celebre el matrimonio de Canevaro y Alvarez Nazareno.

En los fundamentos de su fallo, el magistrado consideró que "la imposibilidad de contraer matrimonio veda a los actores el acceso al goce de una multiplicidad de derechos que emergen del status conyugal, entre los que se destacan los de herencia y pensión, beneficios migratorios, posibilidad de decidir por otro en determinadas situaciones extremas, ventajas tributarias, etc.".

Scheibler, destacó el principio de autonomía establecido por la Constitución Nacional, remarcando que "cada persona adulta, mayor de edad, con consentimiento, que posea discernimiento, intención y libertad, puede escoger el que considere ´mejor plan de vida' para sí misma, con el único límite del daño" que pudiera ser efectuado a terceros.

También consideró que el matrimonio homosexual no constituye daño a terceros ni una ofensa al orden o la moral pública; y abordó en su sentencia los fundamentos que esgrimen quienes se oponen al matrimonio entre personas del mismo sexo vinculados a la imposibilidad de procreación o reproducción de la especie, señalando que en parejas heterosexuales que tienen imposibilidades para reproducirse no existe impedimento para que contraigan matrimonio.

"El hecho de que algunas instituciones jurídicas hayan regido los destinos de la sociedad durante siglos no les otorga por ello validez constitucional actual o un inmutable sustento jurídico", expresó el Juez. Y remarcó: "No se trata de saber si son posibles otras formas de vida familiar y afectiva distintas de la tradicional, porque las tenemos delante nuestro y sabemos que existen. Se trata de saber si es posible un marco legal suficientemente genérico para adoptar sus institutos a estas realidades".

Canevaro y Álvarez podrán concurrir al Registro Civil porteño y solicitar un turno para contraer matrimonio. De concretarse, se convertirá en el tercer matrimonio gay del país y el segundo en la Ciudad de Buenos Aires.

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