Demanda para el Gobierno de la Ciudad y Cablevisión
El legislador Juan Cabandié presentó un recurso de amparo en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad para requerir el inmediato cese de la actividad generadora del daño al ambiente y al patrimonio cultural e histórico de la Ciudad al incumplir la ley que prevé que los prestadores del servicio de televisión por cable eliminen todo el tendido aéreo en la zona céntrica y el casco histórico.
Además, el diputado del Frente Popular para la Victoria pidió la recomposición del ambiente y patrimonio afectado y solicitó el dictado de una medida cautelar, a fin de que las accionadas cumplan con un plan de recomposición para mitigar los efectos del incumplimiento durante el tiempo que dure el proceso, con embargo incluido.
Existen también incumplimientos en la denominada Zona II (resto de Buenos Aires y avenidas) respecto al soterramiento del tendido en ciertas avenidas y cambio de la infraestructura actual en las vías secundarias por 4 columnas metálicas por cuadra.
?Es probable que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires plantee la falta de legitimación pasiva ?por no ser responsable directo del cumplimiento de la norma- y que Cablevisión plantee la incompetencia de la ciudad para conocer en el caso. Ambos puntos son controvertibles?, adelantó Cabandié a Noticias Urbanas.
La Ley Nº 1.877, fue sancionada en 2005 y reglamenta la instalación de redes de televisión por cable ?y servicios complementarios- en la Ciudad y define los métodos para la instalación de redes y el mecanismo al que deben sujetarse los actuales y futuros prestadores del servicio de televisión por cable.
Respecto de los métodos de instalación posibles, conforme la norma solo podrán realizarse tendidos de redes por vía subterránea o por pulmón de manzana en el área comprendida dentro de la Zona 1 y por vía aérea sobre columna metálica en el resto de la Ciudad, pero prohíbe la instalación de tendidos aéreos sobre postes de madera y columnas de alumbrado público en todo el ámbito de Capital.
La ley analizada establece un sistema sancionatorio para los casos de incumplimiento y un sistema de multas y clausuras para cuando el titular o responsable de una empresa instale redes de televisión por cable o amplíe las existentes sin contar con la autorización correspondiente.