La designación por decreto y “en comisión” de los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti en la Corte Suprema fue declarada “inconstitucional” este lunes por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla.
En rigor, el fallo suspende por vía de una medida cautelar la asunción de ambos juristas y le advierte a la propia Corte que no podrá tomarles juramento, pero reconoce que en cuanto los dos candidatos propuestos reciban acuerdo por parte del Senado automáticamente el fallo cesará en sus efectos.
En su parte resolutiva, el fallo hace lugar a la medida cautelar, cuya consecuencia es “suspender los efectos del decreto”, con la aclaración de que “esta medida cesa en sus efectos si los candidatos son avalados por el Honorable Senado de la Nación con las mayorías especiales previstas en el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional”.
La acción de amparo fue planteada por el ciudadano Mariano José Orbaiceta, con el patrocinio letrado de la abogada Lorena Herrera, reclamando “la nulidad del Decreto número 83/2015 publicado en el Boletín Oficial el 15 de diciembre pasado, mediante el cual se designó como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Doctores Carlos Fernando Rosenkrantz y Horacio Daniel Rosatti en los términos del artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional”.