El ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Rogelio Frigerio y el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, firmaron este lunes un acuerdo para la devolución escalonada del 15% en materia de Coparticipación Federal para la provincia, que terminará con el actual esquema, fijado en 1992.
“La provincia de Jujuy fue la primera provincia que firmó el acuerdo por la devolución del 15% de coparticipación en un plazo de cuatro años, con lo cual todas las jurisdicciones del país van a contar con más recursos y, esperemos también, con la posibilidad de hacer más obras y resolverle más problemas a todos los argentinos”, estimó Frigerio.
A través del acuerdo, que deberá ser refrendado por el Congreso Nacional y la Legislatura jujeña, la devolución del 15% será en forma progresiva y escalonada durante los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, a razón de 3% anual. A partir de 2020 y en adelante, la detracción por parte de la Nación será de 0%.
El gobernador Morales, por su parte, entendió que “el Gobierno nacional ha puesto sobre la mesa la agenda de la coparticipación y, en particular, de reclamos de todas las provincias. La propuesta de devolución del 15% es muy buena. Un esquema de devolución de financiamiento que va a servir para que podamos resolver problemas fiscales y podamos mejorar el ritmo de obras públicas. La verdad que estamos muy agradecidos con la propuesta y conformes con el acuerdo que acabamos de firmar con el ministro”.
Hasta 2019, la Nación podrá compensar de la masa de impuestos coparticipables devuelto anualmente los créditos que respecto de la Provincia ostente a su favor, pero esa compensación no podrá superar el 50%.
Si en 2020 la Provincia tuviera deudas remanentes con la Nación que pudieran ser objeto de compensación con los créditos en concepto de coparticipación federal, la compensación no podrá afectar más de un tercio de los ingresos que se generen a favor de la Provincia.
Además, la Nación generará instrumentos necesarios y/o instruirá, en su caso, al Fondo de Garantía de Sustentabilidad, para que se otorgue a la Provincia un préstamo que será equivalente a seis puntos porcentuales en el año 2016 (si no se aplicara la detracción del 15%), y de un monto equivalente a tres puntos porcentuales para cada uno de los períodos 2017, 2018 y 2019.
A los fines de la determinación de cada desembolso, se tomará la proyección de recaudación nacional prevista en la Ley Anual de Presupuesto y el aumento o reducción que corresponda en virtud de la recaudación efectivamente ocurrida al 31 de diciembre de cada año, que aumentará o reducirá, respectivamente, el desembolso del año siguiente.
Los intereses de este préstamo no se capitalizarán y se devengarán a partir del día de cada desembolso, se pagarán semestralmente y se calcularán con una tasa del quince por ciento (15%) anual vencida para el año 2016 y 2017, y del 12% anual vencida para el año 2018 y 2019.
Este préstamo se garantizará mediante la pertinente cesión de recursos coparticipables que le correspondan a la Provincia por cualquier concepto. La cesión deberá ser notificada al Banco de la Nación Argentina previo a cada desembolso, sin la cual no podrá efectivizarse.