Ordenan mantener Proyectos Pedagógicos Complementarios

Ordenan mantener Proyectos Pedagógicos Complementarios

Se trata de 8 instituciones de nivel medio en las que se brinda hace más de 10 años apoyo escolar a adolescentes de barrios vulnerables. Su labor, de no mediar la justicia, hubiera terminado este mes.


La justicia porteña resolvió ordenar al Ministerio de Educación local que mantenga la vigencia y garantice la continuidad de los Proyectos Pedagógicos Complementarios puestos en marcha desde hace más de 10 años en 8 escuelas de nivel medio ubicadas en barrios vulnerables, con el fin de brindar apoyo escolar a adolescentes.

La cartera educativa porteña tenía previsto suspender dichos proyectos a partir del 1 de agosto. En la resolución se establece que la medida cautelar dictada tendrá vigencia hasta tanto exista sentencia definitiva y firme. El GCBA planteó la apelación, la cual fue concedida el pasado 28 de julio sin efecto suspensivo.

El juez Roberto Andrés Gallardo, en su calidad de titular del juzgado de feria número 3 en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño, resolvió el 22 de julio habilitar la feria para dar tratamiento a un recurso de amparo impulsado por la Asesoría Tutelar número 1 a cargo de Mabel López Oliva, y “hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada” con el objetivo de garantizar el derecho a la educación (permanencia e inclusión) de los adolescentes alcanzados por los Proyectos Pedagógicos Complementarios.

En consecuencia, el magistrado porteño ordenó “al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ministerio de Educación) que mantenga la vigencia de los Proyectos Pedagógicos Complementarios implementados por Resoluciones N° 512/SED/04, 1138-SED/04, 452/MEGC/07, 2302-MEGC/07, 561-SSGECP/13, 4-SSGECP/15 y 23/SSCPEE del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las Escuelas de Educación Media N° 2 del Distrito Escolar 20°, N° 2 del Distrito Escolar 16°; N° 4 del Distrito Escolar 19°; N° 6 del Distrito Escolar 1°; N° 2 del Distrito Escolar 13°; N° 2 del Distrito Escolar 14°; N° 3 del Distrito Escolar 10° y N° 6° del Distrito Escolar 5°, y garantice su continuidad mediante las medidas de acción positiva que pudieran resultar necesarias”.

Según lo dispuesto, “la manda cautelar tendrá vigencia hasta que exista sentencia definitiva y firme en estos actuados, debiendo cualquier modificación a los planes y/o los proyectos tratados en el sub lite actualmente vigentes, ser autorizada previamente por el Tribunal interviniente”.

Para así resolver, el juez Gallardo analizó el planteo efectuado por el Ministerio Público Tutelar, en el que se sostiene que se afectarían derechos de los estudiantes que se encuentran en situación de vulnerabilidad de no continuar con el apoyo escolar que se brinda a través de los proyectos pedagógicos en cuestión; también expuso la normativa vigente en materia de derechos educativos e igualdad de oportunidades, y contempló la posición del Ministerio de Educación porteño centrada en la implementación del plan de la “Nueva Escuela Secundaria” aprobado por Resolución 321/MEGC/2015 la cual es de carácter general, y abarca todas las escuelas de nivel medio de la CABA.

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