Tras declarar la ilegalidad de una obra ubicada en la calle Armenia al 1800, frente a la plaza homónima, en Palermo Viejo, la Justicia porteña ordenó su demolición. En la sentencia se ordena que se adopten medidas para que la demolición no afecte a construcciones linderas y que, tras su concreción, se efectúe la limpieza de escombros.
La decisión se enmarca en dos amparos impulsados por vecinos del barrio que cuestionaron la obra por superar ampliamente la superficie construida permitida, violando la normativa y generando un alto impacto visual y ambiental. “Las modificaciones propuestas durante la tramitación del presente proceso son intrascendentes, ya que más allá de los cambios de destino de algunos locales –siempre en el intento de aumentar la superficie deducible a los efectos del FOT-, la superficie a construir continúa siendo la misma”, se remarca en la sentencia.
El juez Roberto Andrés Gallardo, titular del juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad resolvió hacer lugar a dos acciones de amparo interpuestas por dos vecinos de Palermo Viejo, en las que cuestionaron una obra iniciada frente a Plaza Armenia, por tratarse de una construcción violatoria del Código de Planeamiento Urbano y el Código de Edificación vigente, al tener una superficie cubierta proyectada y construida superior a 1288 metros cuadrados, siendo 504.87 el máximo de metros cuadrados cubiertos permitidos.
En la sentencia, el magistrado porteño declaró “la ilegalidad de la obra emplazada en Armenia 1850”, cuyos planos fueron registrados en el año 2009 ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro para la realización de un proyecto de viviendas, cocheras y local comercial en planta baja.
En consecuencia, ordenó al GCBA y a la propietaria del inmueble (Fideicomiso Armenia 1850) “que procedan a la inmediata demolición de la construcción actualmente existente en el fundo, y la ulterior limpieza de escombros y residuos dejando el inmueble en perfectas condiciones de higiene”. En la resolución, también se ordena que “deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que la demolición no afecta la estabilidad de las construcciones linderas y para asegurar la integridad de los vecinos y de las personas que se encuentran en las inmediaciones durante la realización de los trabajos”.
En los fundamentos de la sentencia, el juez Gallardo destacó que la causa adquirió con el correr de los años y planteos “dimensiones inusitadas”, ya que, entre diversas pruebas se encuentra “una gran cantidad de planos de obra correspondientes a diferentes proyectos, y al menos tres propuestas de modificación de la obra acompañadas por planos que ni siquiera reúnen los requisitos reglamentarios para su registro y ulterior aprobación del final de obra”, como así también “seis informes periciales”.