Uber sigue siendo materia de discusión en Argentina por no ajustarse a todas las leyes del país. Esto disparó la idea de crear un proyecto que establezca restricciones para sitios de Internet en el ámbito de la Ciudad.
La presentación de esta iniciativa estuvo a cargo de los legisladores Daniel Presti (Pro) y Claudio Palmeyro (cercano al jefe de los taxistas, Omar Viviani).
El objetivo es modificar el artículo 18 de la Ley N° 12 (de Procedimiento Contravencional), adhiriendo entre las medidas precautorias ya establecidas “la posibilidad de bloquear o denegar el servicio de Internet cuando se realicen conductas ilícitas utilizando este medio, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o cuando se produzcan sus consecuencias dentro de ésta”.
El proyecto impulsa medidas precautorias “tanto las autoridades preventoras como el o la fiscal” pueden disponer la: e) Suspensión o Bloqueo del servicio de Internet, así sea de manera parcial o total, según la conducta ilícita sea generada dentro de la Ciudad o produzca sus consecuencias dentro de ésta.
Pero la resistencia a este proyecto no se hizo esperar, encarnándose en la ONG Access Now, el Centro de Tecnología y Sociedad (Universidad de San Andrés), el Centro de Estudios para la Libertad de Expresión y Acceso a la Información (Universidad de Palermo) y el profesor e investigador del Conicet, Martín Becerra.
“El proyecto pone en serio riesgo esta herramienta al permitir que autoridades administrativas -entre ellas la fuerza policial- pueda censurar contenido para prevenir contravenciones locales”, expusieron a través de una carta.
Asimismo, sostuvieron que “desconoce que la Constitución Nacional ha reservado a la Nación en el artículo 75 inc. 13 la regulación del comercio interjurisdiccional, materia dentro de la cual se encuentran las comunicaciones”.
alertaron de inmediato que la medida ponía en riesgo la libertad de expresión.
Así, los académicos afirmaron: “Esta facultad de prevención de contravenciones mediante la supresión de discurso violenta todos los estándares de libertad de expresión que exigen la limitación al discurso por autoridades judiciales y excepcionalmente por autoridades administrativas con facultades jurisdiccionales”.
Y agregaron: “Además de vulnerar la libertad de expresión, el proyecto de Ley vulnera la libertad de prensa”, dado que al abarcar conductas realizadas mediante la utilización de internet y permitir “bloquear, o denegar el acceso al dominio o aplicación de que se trate”, con esta iniciativa “podría autorizarse el bloqueo del dominio o de la aplicación correspondiente al medio de prensa en el que se hubiera realizado la conducta, vulnerando el artículo 14 de la Constitución Nacional que prohíbe la censura previa”.