En un hecho sin antecedentes, se aprobó en la Provincia de Buenos Aires, la Ley de Paridad para los cargos públicos.
La iniciativa modificará el artículo 32º de la Ley 5.109 (Ley Electoral), establece que “toda lista de candidatos a cargos electivos para cuerpos colegiados provinciales y municipales deberá contener porcentajes iguales y equivalentes de candidatos del género masculino y candidatas del género femenino a los cargos a elegir, en todas las categorías” y entrará en vigencia el próximo año.
“Es un gran momento cuando uno levanta la mano y se da cuenta que está generando una transformación importante”, expresó el diputado provincial del Frente Renovador, Pablo Garate.
La diputada de Cambiemos, Sandra París, aseguró que seguirán trabajando “con un enfoque transversal para que la mujer tenga las mismas posibilidades que los hombres en la vida política, económica y social del país”.
No se podrá oficializar ninguna lista que no cumpla con dicho requisito. Deberán respetarse el 50 por ciento del cupo femenino y el 50 por ciento del cupo masculino, realizando alternancia entre los sexos.
Por otra parte, en los casos de renuncia o fallecimiento de las funcionarias, deberá respetarse el cupo de igual manera.
Otra de las cuestiones que presenta en la ley es que el género del candidato será determinado por su DNI, no por su sexo biológico, por lo cual, las personas trans podrán postularse.
El proyecto fue impulsado por el senador provincial, Sebastián Galmarini, con el apoyo de su hermana, Malena Galmarini.
Cabe recordar, que hoy las mujeres representan sólo el 36 por ciento de las bancas de la Cámara de Diputados de la Nación y el 30 por ciento de las legislaturas provinciales. En el caso de la Provincia de Buenos Aires, las mujeres conforman el 52 por ciento del padrón electoral y alcanzan sólo el 26 por ciento de las bancas.
Asimismo, representan cerca del 50 por ciento de la fuerza de trabajo de la Administración Pública Nacional (sin contar fuerzas de seguridad y defensa) pero apenas el 22 por ciento de los altos cargos políticos (ministerios, secretarías y subsecretarías), situación que no ha variado.
En tanto, conforman el 60 por ciento del personal administrativo del Poder Judicial, pero ocupan sólo el 41 por ciento de las magistraturas. En la Justicia provincial, el 44 por ciento de las juezas son mujeres y 34 por ciento en la Justicia Nacional y Federal. En sintonía con dicha tendencia, en la Corte Suprema de Justicia, sólo uno de los magistrados es mujer.
Si bien, el proyecto de Reforma Electoral que se está tratando actualmente en las comisiones del Congreso de la Nación, contempla la paridad de género para cargos legislativos nacionales, el camino por recorrer es largo.
Ahora bien, los cuestionamientos de dicha paridad, se traslucen cuando se plantea si era oportuno quitar todo tipo de cupos o si faltaría agregar otros que no estén incluídos en un determinado género, como por ejemplo cupos para los pueblos originarios.
Las preguntas son muchas pero lo cierto es que la paridad de género en las listas, ya es un hecho en la Provincia de Buenos Aires. Habrá que ver cómo continúa ésta decisión en el resto de las provincias y a nivel nacional.