La Legislatura sancionó una reglamentación que obliga a llevar DNI a quienes transiten en bicicleta, en caso de conducir por la Ciudad. “Cuando se conduzcan ciclorodados en calzadas que se compartan con vehículos automotores, se debe portar documento nacional de identidad”, reza la ley que fue votada por el parlamento capitalino y que modifica el Código de Tránsito y Transporte.
Además, conductores de autos y motos tendrán que tener DNI y cédula de identificación del automotor o denuncia policial de extravío, robo o hurto que tendrá vigencia sólo durante los 15 días siguientes al hecho; título de propiedad, seguro y certificado de verificación técnica.
Nuevas normas para peatones: también se cambió el artículo 6.1.1 que queda redactado de la siguiente manera: “Toda maniobra vehicular que se desarrolle en la vía pública debe ser realizada en el sector de la misma que corresponda de acuerdo al tipo de vehículo que se trate, ser previsible y no significar riesgo para peatones u otros vehículos, debiendo realizarse de acuerdo a las demás pautas establecidas en el presente Código. En el caso de los peatones, deben evitar detenerse en cualquier circunstancia en la calzada y sólo atravesar la misma por los sectores autorizados”.