Ampliarán la zona céntrica con tránsito restringido

Ampliarán la zona céntrica con tránsito restringido

La iniciativa fue presentada por Cristina García (Pro), conjuntamente con otros legisladores de su bancada y consensuada con la Secretaría de Transporte del Gobierno de la Ciudad.


Las cuadras del microcentro de la Ciudad de Buenos Aires por donde no podrán circular automotores en días hábiles y en horarios laborables se multiplicarán por tres, mediante una aplicación gradual que se iniciará el 1 de abril de 2018 y concluirá en julio de 2019.

Hoy la veda vehicular rige (desde hace 40 años) en las calles que están dentro del polígono formado por Avenida Alem, Viamonte, Carlos Pellegrini y Av. de Mayo, hasta el bajo. La ley dispone que esa zona se extienda incorporando los alrededores de Tribunales (el área entre Av. de Mayo, Cerrito, Av. Córdoba y Montevideo) y ampliando el microcentro hacia el sur (casco histórico), hasta la Av. Belgrano, entre Paseo Colón y Bernardo de Yrigoyen; y hacia el norte, hasta la Av. Santa Fe.

A partir del primero de abril de 2018, las restricciones al tránsito en las nuevas zonas del microcentro ampliado hacia el sur y hacia el norte serán entre las 11 y las 16. Desde el primero de octubre de 2018 se aplicará esa restricción, desde las 11 a las 16, en el polígono de la zona de Tribunales. Y desde el primero de julio de 2019 se aplicará esa veda sobre todos los sectores mencionados durante 9 horas diarias.

La iniciativa fue presentada por la diputada Cristina García (Pro), conjuntamente con otros legisladores de su bancada, consensuada con la Secretaría de Transporte del Gobierno de la Ciudad. Se analizó en varias reuniones de comisiones en las que se escucharon las críticas y puntos de vista de comerciantes y vecinos afectados. Concurrieron a esas discusiones funcionarias de Tránsito y Transporte de la CABA. Obtuvo dictamen conjunto de las comisiones de Tránsito y Transporte y de Desarrollo Económico. Finalmente se votó en sesión un texto que fue modificado hasta último momento y que fue aprobado por 29 votos positivos (Pro y el PS), 2 abstenciones de Adrián Camps (PSA) y Gabriel Fuks (CNM) y 26 votos negativos del resto de los legisladores.

En comisiones, Graciela Ocaña (CP) realizó “observaciones”, reclamó que se convoque a Audiencia Pública, consideró que el tema reclama un tratamiento más exhaustivo, propuso que pase al próximo periodo de sesiones ordinarias y advirtió que, en saco de sancionarse la ley, se “reserva la facultad de accionar judicialmente”. La legisladora habló en el debate, junto a  Cristina García (Pro), como miembro informante, Paula Penacca (FpV), Laura Marrone (FIT), Roy Cortina (PS), Marcelo Guouman (Suma+), Claudio Palmeyro (SP), Javier Gentilini (FR), Gabriel Fuks (CNM) y  Francisco Quintana (Pro).

Se creará un registro para los vehículos autorizados a circular (REBAC) y en algunos casos un canon, pero siempre con carácter restrictivo en cuanto a la circulación. En ese nuevo microcentro ampliado sólo habrá tránsito libre por las avenidas y en las calles regirá una estricta prohibición de estacionamiento. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Transporte de la Ciudad de Buenos Aires.

Se considerarán Usuarios del Área Ambiental Buenos Aires Centro (así se le llama a toda esa zona de circulación restringida), con obligatoriedad de permiso de ingreso oneroso, a los propietarios o locatarios mensuales de cocheras, los remises no registrados en la Ciudad, los vehículos de turismo que operen en el centro, los autos de hoteles del área que cuenten con cocheras o dársenas de ascenso y descenso.

Se considerarán usuarios exentos de pago del permiso de ingreso pero con obligación de registrarse en el REBAC a los residentes en las calles de esas zonas que tengan cocheras propias o alquiladas, automotores de servicios públicos debidamente identificables, el transporte postal o bancario, servicios fúnebres, distribución de diarios, camiones de hormigón,  auxilios mecánicos y móviles de radio o tv y los padres, tutores o encargados de escolares que concurran a establecimientos estatales o privados dentro del área.

Podrán circular libremente sin necesidad de permisos los vehículos de emergencias (como ambulancias o bomberos), los colectivos del transporte público de pasajeros urbanos y suburbanos, los transportes de escolares, las motos que realicen mensajería urbana o reparto de mercadería a domicilio, los taxis y los remises autorizados de la Ciudad.

La Autoridad de Aplicación de la presente ley es la Secretaría de Transporte, que creará el Registro Área Ambiental Buenos Aires Centro (REBAC) y determinará  “la cantidad de permisos a otorgarse conforme los criterios de oportunidad, mérito y conveniencia”. Se estableció en 2.500 la cantidad máxima de habilitaciones para remises.

La ley crea, además, la Comisión de Evaluación y Seguimiento de la implementación del Área Ambiental BA Centro, como instancia de participación activa, integrada por representantes de la Secretaría de Transporte y los actores sociales, económicos y gremiales involucrados. Las recomendaciones que emita no tendrán carácter vinculante.

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