La Fiscalía de la Ciudad incautó un importante lote de residuos patogénicos que había sido depositados en contenedores de basura domiciliarios comunes, en pleno microcentro porteño. El proceso se realizó el pasado viernes, en Suipacha al 700, por orden del fiscal Blas Matías Michiezi, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Medio Ambiente (UFEMA).
Estos deshechos había sido detectados previamente en un control de rutina efectuado sobre las actividades de nosocomios y centros prestadores de servicios de salud, por personal de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno porteño.
“Los inspectores detectaron varias bolsas negras de las utilizadas para residuos domiciliarios que habían sido arrojadas ilegalmente al interior de los contenedores comunes. También constataron la presencia de membretes y turnos de pacientes del día, que identificaron claramente a la prestadora de servicios odontológicos que sería responsable del ilícito”, aclaró el Fiscal Michienzi.
El titular de la UFEMA dispuso la inmediata individualización del responsable del establecimiento infractor. Esto se logró mediante diversos procedimientos llevados a cabo por personal de la Seccional 3ª de la Policía de la Ciudad, que identificaron tanto a la apoderada, como a la persona jurídica de la empresa, una sociedad anónima que desarrolla a una actividad comercial.
Asimismo, el fiscalizador explicó: “Identificados los responsables se intimó al cese de la contravención y se ordenó que los residuos patogénicos generados por la empresa se dispongan conforme a la ley. La legislación dispone que sea a través de una empresa registrada como operador especializado en el ámbito de la Ciudad, que efectivice su disposición final en una planta de tratamiento de residuos patogénicos”.
Finalmente, los imputados fueron citados por el Fiscal para comparecer en la Unidad Fiscal Especializada en Medio Ambiente con la obligación de presentar los manifiestos de retiro y disposición final de los residuos patogénicos como dice la ley.
Cabe destacar que, el artículo 54 que hizo referencia Michienzi, indica que colocar o arrojar sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos. Quien coloca o arroja sustancias insalubres o cosas capaces de producir un daño, en lugares públicos o privados de acceso público, es sancionado con multa de $600 a $ 15.000, o 3 a 30 días de arresto. La sanción se eleva al doble cuando la conducta se realiza en espacios donde concurren niños/as.