Tal como estaba previsto, en la sesión de este jueves la Legislatura porteña sancionó una ley que modifica el artículo 53 del Código Contravencional de la Ciudad para establecer como un agravante la agresión a trabajadores de la salud y la educación.
El Código Contravencional de la Ciudad, en los artículos 51 y 52, impone las sanciones para quien pelea o toma parte en una agresión en lugar público, con 1 a 5 días de trabajo comunitario, una multa de 200 a 1.000 pesos o 1 a 5 días de arresto. El mismo castigo corresponde, siempre que el hecho no constituya delito, al hostigar, maltratar o intimidar.
Los legisladores Clodomiro Risau (Pro), Patricia Vischi (Suma+) y Hernán Arce (PS) ponderaron el proyecto presentado el año pasado por la diputada Cecilia de la Torre.
Explican los fundamentos de la iniciativa que fue motivada “por el notable incremento de agresiones y hechos de violencia protagonizados por padres o personas relacionadas con los alumnos, en perjuicio de trabajadores docentes y no docentes, por cuestiones derivadas de la función docente o de la convivencia en el ámbito escolar, afectando seriamente la seguridad personal de los trabajadores y perturbando la misión educativa y formativa que debe cumplirse en ese ámbito”.
Similar situación se viene reproduciendo en el área de salud, donde los profesionales, auxiliares y personal que cumple allí toda clase de tareas, sufren agresiones por parte de pacientes o personas que los acompañan. “Ésto genera un clima de temor e intranquilidad que perturba el normal desenvolvimiento de los centros de salud”, agregan los considerandos.