La jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño, Patricia López Vergara, ordenó martes este al Gobierno de la Ciudad la “adecuada e inmediata satisfacción a los requerimientos económicos y materiales” de quienes se encuentran acampando frente al conventillo incendiado, ubicado en el barrio de La Boca.
“Se hallan expuestas todas las carencias e indignidades a las que se ven sometidos los reclamantes: su situación de vulnerabilidad por la grave afectación que han sufrido en su derecho a la vivienda, su exposición a la intemperie a la que están expuestos hace 19 días, la grave afectación a su salud y dignidad humana, carencias todas que se han advertido en el reconocimiento judicial”, sostuvo López Vergara, tras de la realización de la inspección dispuesta por la magistrada el pasado 4 de agosto, y luego de celebrar varias audiencias entre las partes.
Además, expresó que “la situación de emergencia en la que se hallan obliga a la toma de decisiones urgentes con miras a paliar la ‘dramática desigualdad existente entre quien tiene demasiado y quien no tiene nada’”.
En este sentido, la jueza dispuso al Gobierno porteño y al Instituto de Vivienda que “en el caso de optar por el otorgamiento de un subsidio, los fondos deberán ser suficientes para cubrir la totalidad del costo de un alojamiento en condiciones dignas de habitabilidad“, contemplando “la composición de cada grupo familiar” y “dentro de las 24 horas de la concurrencia de los amparistas a la oficina pertinente, munidos de la documentación requerida a tal fin”.
Además, “en el plazo de un día y hasta tanto se reubiquen a los actores”, la magistrada obligó “que por medio del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del GCBA y/o quien fuera competente, proceda a la instalación inmediata de dos baños químicos -aparte del existente- en las inmediaciones en donde se hallan los grupos familiares individualizados en este decisorio”, y que se brinde a los vecinos desalojados “suficientes abrigos a fin de paliar las condiciones climáticas y las temperaturas adversas, en tanto no se modifiquen sus condiciones de existencia actual”.
El fallo indica que “los padecimientos por vivir a la intemperie son psicotraumáticos y no es necesario ser especialista en la temática para comprender que las profundas huellas emocionales impactan en la subjetividad de quienes atraviesan estos trances, y muy marcadamente en la de los niños”.
La información fue dada a conocer por Ijudicial.