Argüello: "Moresi debería estudiar la Constitución de la Ciudad"

Argüello: "Moresi debería estudiar la Constitución de la Ciudad"

El legislador Jorge Argüello (PJ) le contestó a la diputada frepasista Laura Moresi, quien le había recomendado "leer con más atención el Boletín Oficial". Manifestó que "Moresi debería estudiar la Constitución de la Ciudad" y le recordó el artículo 86 que establece los plazos para la publicación de las leyes. La disputa se debió a la publicación tardía de una ley vinculada con el traslado del Mercado de Hacienda


El diputado justicialista Jorge Argüello respondió el consejo de la diputada aliancista, Laura Moresi, quien le había recomendado "leer con más atención el Boletín Oficial". El comentario de la diputada estuvo motivado por un proyecto de resolución que Argüello presentó en la Legislatura con el fin de que se publicara en el mencionado boletín la ley Nº 819, vinculada con el traslado del Mercado de Hacienda de Liniers.

Argüello presentó su proyecto entre el 12 y 16 de agosto, unos pocos días antes de que en el Boletín Oficial apareciera publicada la norma, que fue publicada el día 20 de ese mes. Argüello afirmó que fue el desfasaje entre la sanción de la ley y su publicación lo que motivó su proyecto, y recordó que un caso similar ocurrió con la ley Nº 760 -prohibición, comercialización y uso de PCB- cuando a pedido del diputado el Ejecutivo publicó la normativa 3 meses después de su sanción.

Luego, agradecido por la recomendación de Moresi, Argüello le devolvió la gentileza al aconsejarle que "ella debería estudiar la Constitución de la Ciudad y leer con mayor atención las fechas de las leyes sancionadas, porque la ley Nº 819 fue aprobada el 11 de julio y hasta el 14 de agosto no estaba todavía publicada en el Boletín Oficial". El legislador expresó que "es parte de la labor legislativa el correcto conocimiento acerca del mecanismo de la sanción de las leyes". Al respecto, puntualizó que "la Carta Magna establece, en su artículo 86, que se considera promulgado por el Poder Ejecutivo todo proyecto de ley no vetado en el término de 10 días hábiles a partir de la recepción; que las leyes se publican en el boletín oficial dentro de los diez días hábiles posteriores a su promulgación y que, si el Poder Ejecutivo omite su publicación, la dispone la Legislatura".

Te puede interesar

Qué se dice del tema...