El miércoles se realizará una Audiencia Pública en la que todos los interesados podrán discutir sobre el proyecto urbanístico que la empresa IRSA planea realizar en la ex Ciudad Deportiva de Boca Juniors. La reunión se llevará a cabo en el Centro Cultural General San Martín, salas A y B, a las 11.
La propuesta de IRSA, denominada "Santa María del Plata" plantea la construcción de un complejo habitacional (con diferentes tipos de edificios que van desde torres hasta viviendas unifamiliares), hotelero, comercial, cultural y deportivo. Contempla la apertura de canales internos y de espejos de agua, la creación de espacios verdes públicos y privados y un conjunto de boulevares que den acceso a las distintas áreas del predio. También promete ceder al dominio público una superficie de 192.851 metros cuadrados, de los 715.951 metros cuadrados que posee la isla. Es decir, un 27 por ciento. De cumplirse esta medida, 125.599 metros cuadrados serían destinados a parques públicos.
El anteproyecto presentado ante la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental del Gobierno porteño estipula la realización de la obra en un plazo de 12 años, con una inversión total estimada en 650 millones de pesos. Según el plan, se dividirá en tres etapas. La primera está integrada por tareas de limpieza y preparación del sitio, movimiento de suelos y obras hidráulicas (canales, excavaciones y defensas costeras). En la segunda fase se realizará la construcción de las redes de infraestructura y el mobiliario. En el último período se construirán las áreas verdes y deportivas, las obras exteriores y todo lo vinculado con la seguridad.
El dictamen técnico de la Comisión reconoció a este anteproyecto como viable, pero estableció que antes de la realización de cada etapa se deberán llevar a cabo nuevas evaluaciones de impacto ambiental. Entre las cosas que se le cuestionan al documento presentado por IRSA, figura que no se observan medidas de mitigación suficientes para compensar los efectos que la construcción desencadenará sobre la Reserva Ecológica.
La realización de la Audiencia Pública -que no es vinculante- se debe a que el proyecto está catalogado como de Relevante Efecto Ambiental.
OPOSICIÓN VECINAL
Varias agrupaciones de vecinos de la Boca se oponen a la realización de la obra, porque consideran que se trata de un simple negocio inmobiliario que afectará negativamente la zona y que las disposiciones que aseguran el uso público de una porción de los terrenos nunca se cumplirá.
Pero fundamentalmente, denuncian la realización de continuas maniobras fraudulentas realizadas a través de cuatro décadas, que impidieron que la isla quedara en manos de la Ciudad. Por ese motivo, solicitan el traspaso de la ex Ciudad Deportiva al dominio público. Y también, que los predios sean zonificados con la nomenclatura UP (urbanización parque).
UNA HISTORIA DESPROLIJA
Los Vecinos por los Terrenos de Casa Amarilla -una de las agrupaciones boquenses que se oponen al proyecto de IRSA- dio a conocer un documento en el que se describen las maniobras realizadas en relación con la ex Ciudad Deportiva de Boca Juniors.
Ésta es su síntesis:
11 de enero 1965 – Se publicó en el BO la Ley Nº 16.575 por la cual el Congreso Nacional autorizó al Poder Ejecutivo a donar al Club Atlético Boca Juniors una fracción de tierra con superficie hasta 40 hectáreas, ubicada en los terrenos que resultaran del rellenamiento del Río de la Plata. A su vez, el club se comprometía a construir un estadio con capacidad mínima para 140 mil espectadores, una sede social, piletas de natación, pistas para atletismo y de patinaje. Se estableció que los espacios no ocupados deberían ser librados al uso público. Y se advertía que si Boca no cumplía con las cláusulas y las obras quedaban incompletas, el terreno y todas las construcciones pasarían, sin indemnización, a la Ciudad. También se establecía que el donatario no podría enajenar el inmueble.
4 de setiembre 1979 – El intendente Cacciatore dictó la OM Nº 35.176 (BM Nº 16.100) en la que admitía que el Club Atlético Boca Juniors no había cumplido con establecido por la Ley Nº 16.575, por lo que el predio pasaba a depender de la Municipalidad. Sin embargo, le dio una nueva oportunidad al club: eliminó el compromiso de construir el estadio para 140 mil personas y sólo fijó la obligación de construir piletas de natación, pista de patinaje y canchas de tenis, básquet, vóley y fútbol, modificando de esta manera, con una ordenanza, una ley superior. Fijó como último plazo de cumplimiento el 31de diciembre de 1982.
15 de abril 1982 – El intendente Cacciatore promulgó la OM Nº 37.677 (BM Nº 16.757), mediante la cual se le dio al Club Atlético Boca Juniors "por cumplidas las obras a que se refiere la Ordenanza Nº 35.176 y en consecuencia, por satisfecho el cargo impuesto por la donación". Así, se lo otorgó a la entidad xeneize la posesión legal de los terrenos de la Ciudad Deportiva.
19 de octubre 1989 – Se publicó en el BO la Ley Nº 23.738, mediante la cual, el Congreso Nacional modificó la Ley Nº 16.575, con respecto a la donación hecha a Boca Juniors. Sobre la extensión en que se avanzó sobre el río, se aclaró que "la superficie donada al Club Atlético Boca Juniors" alcanzaba "a lo efectivamente rellenado hasta la fecha". Es decir, 70 hectáreas. También se derogaron los artículos 4º y 6º de la ley Nº 16.575, que fijaban la existencia de espacio público dentro del predio y la obligación de ceder eventualmente las instalaciones al Ministerio de Educación y Justicia de la Nación. Además, se modificó el impedimento de enajenar el inmueble a terceros y se estableció que en la isla "podrían ejecutarse obras y desarrollarse actividades propias de un complejo balneario, náutico, turístico, hotelero y/o comercial, con disposición para Centro de Convenciones, Ferias y/o Centro Habitacional".
30 de noviembre 1990 – Se publicó en el BO el Decreto presidencial Nº 2.442 por el cual se donó al Club Atlético Boca Juniors "una parcela que corresponde al Estado Nacional por dominio eminente … delimitada por el Río de la Plata, la Avenida España y la calle futura prolongación de la Avenida Costanera, parcela que tiene una superficie de 715.951,89 m2. También se le donaron "los canales adyacentes a los terrenos de referencia". 25 años después de la sanción de la Ley Nº 16.575/65, las 40 hectáreas donadas a Boca Juniors, allí previstas, se habían casi duplicado y de la sede deportiva con espacios "… librados al uso público " no quedaba nada.
6 de enero 1992 – Se publicó en el BM Nº 19.194 la OM Nº 45.665. En ella se establecieron las normas urbanísticas de subdivisión, tejido, ocupación y uso del predio propiedad de la Ciudad Deportiva y se permitió la construcción de "edificios de perímetro libre" (torres).
16 de julio de 1997 – El diario La Nación publicó un artículo titulado "IRSA desafía a los nuevos competidores", en el que se informaba sobre la flamante adquisición del predio efectuada por dicha empresa. En la nota se aseguraba que "el 90 por ciento de los 700.000 metros cuadrados que ocupa la Ciudad Deportiva, frente al río y a sólo 15 minutos de la Plaza de Mayo le costaron a IRSA 50,8 millones de pesos" (dólares en ese momento). El emprendimiento de la empresa albergaba perspectivas de desarrollo de largo plazo y dependía en gran medida de la decisión del Comité Olímpico Internacional, ya que en esos momentos, el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad postulaban a Buenos Aires como sede de los Juegos Olímpicos para el año 2004 y los terrenos de la Ciudad Deportiva estaban incluidos en el proyecto como el lugar donde se erigiría la futura Villa Olímpica.
La síntesis de los hechos recopilada por la entidad Vecinos por los Terrenos de Casa Amarilla finaliza diciendo que "a pesar de que el sueño olímpico se frustró, los negocios continuaron y hoy los terrenos cuentan con un importante proyecto inmobiliario muy similar al presentado en 1997, puesto en tratamiento por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires en la Audiencia Pública convocada para el 12 de junio de 2002".