Suppa quiere modificar el Código Contravencional

Suppa quiere modificar el Código Contravencional

La legisladora kirchnerista Ana María Suppa reiteró su oposición a penar la oferta de sexo tal como lo estipula la reforma del Código Contravencional. Además, está en contra de la creación de una nueva zona roja que favorezca al "rufianismo" y pidió que se redacte de una manera más clara el artículo que multa el escándalo en la calle


El tema genera debate. Y la posibilidad de que se trate en el recinto volvió a provocar reacciones de todo tipo. Lo que demuestra que el Código Contravencional todavía provoca polémica en todos los sectores políticos de la Ciudad. La posibilidad de que mañana se trate en la Legislatura la reforma al discutido Código, le sirvió a la legisladora kirchnerista Ana María Suppa para reiterar su oposición a que sea penalizada la oferta de sexo, tal como lo contempla la reforma al Código Contravencional de la Ciudad.

La diputada señaló que "no está de acuerdo con la penalización de la oferta de sexo en la vía pública ni con la creación de nuevas zonas rojas, porque implica empujar la actividad a un circuito clandestino que favorece el rufianismo, la explotación sexual de los más débiles y la proliferación del delito regenteado por organizaciones mafiosas".

"Lo que se debe penar no es la oferta o la demanda de sexo en sí mismas sino el escándalo en ocasión de dicha oferta o demanda, es decir, el hecho de provocar molestias o perjuicios a terceros mediante la exhibición, las actitudes o prácticas ofensivas o manifiestamente obscenas", agregó Suppa.

Por otra parte, la política subrayó que el artículo del Código Contravencional que establezca la figura del escándalo "debe ser muy específico y estipular con claridad cuáles son las conductas penadas, para evitar toda discrecionalidad en su aplicación".

En este sentido, la legisladora elaboró una observación al despacho de mayoría que propone textualmente: "Quien durante la oferta o demanda de sexo ocasione molestias a terceros o perturbe la tranquilidad publica mediante exhibiciones de desnudez (total, parcial u ocasional), gritos, interpelaciones o gestos obscenos, o provocando demoras en la circulación de peatones y vehículos, es sancionado con uno a tres días de trabajo de utilidad pública. La sanción se incrementa al doble cuando las conductas descritas se realicen en grupos de más de dos personas o frente a templos, establecimientos educativos y casas.
En ningún caso la autoridad actuará en base a apariencia, vestimenta o modales."

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