Luego de que el viernes pasado la Justicia decidió suspender la actividad de Rappi, PedidosYa y Glovo hasta que cumplan con los requisitos mínimos estipulados en el Código de Tránsito y Transporte, el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta, criticó fuertemente la disposición. “Sus fallos son más políticos que otra cosa”, aseguró el mandatario de la Ciudad acerca de lo dispuesto por el juez Roberto Gallardo.
En ese aspecto, Rodríguez Larreta respaldó el servicio que prestan las plataformas e indicó que “son empresas legales que dan mucho trabajo”.
“Lo de Gallardo, cualquier cosa… sus fallos son más políticos. El tema es que después todas (las decisiones) se las apelamos y se las ganamos…”, apuntó el alcalde. También aclaró que las compañías “están legalmente constituidas, pagan sus impuestos, son utilizadas por mucha gente y generan puestos laborales”.
Durante un reportaje en Radio Mitre, cuestionó: “Una cosa es que trabajemos para ver cómo se regulan estas nuevas opciones que aparecen con la tecnología, pero otra es prohibirlo y dejar en la calle un tendal de gente, justo con la necesidad de trabajo que hay…”.
En ese sentido, el funcionario porteño dijo que su administración decidió apelar esta decisión judicial, con la aclaración de que se trabaja en la regulación de las aplicaciones, siempre con la premisa de “respetar los puestos de trabajo”. Y cerró: “Es un fallo más de los tantos que nos tiene acostumbrados”.
La suspensión de Rappi, Glovo y PedidosYa
En plena feria judicial, el juez Roberto Gallardo dispuso la inmediata suspensión y bloqueo de las apps que no hayan cumplido con lo prescripto en la Ley 5.526 y su reglamentación
Además, el titular del Juzgado de Feria en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, les ordenó a las empresas Visa Argentina S.A., Mastercard Cono Sur S.R.L., Tarjeta Naranja S.A. y American Express Agentina S.A. que dispongan la inmediata suspensión y bloqueo de las operaciones que por su conducto efectúen las empresas Rappi Arg. S.A.S., Kadavra S.A.S. (Glovo) y Repartos Ya S.A. (Pedidos Ya) en la Ciudad.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, la Justicia de primera instancia ordenó el cese de actividades en el reparto de mercaderías y entrega de sustancias alimenticias a domicilio en ciclorrodados o motovehículos a aquellas empresas que no hayan cumplido con lo prescripto en la Ley 5.526 y su reglamentación.
Asimismo, requirió a las tres empresas de delivery que presenten en el plazo de dos días la nómina del personal afectado al servicio de reparto de mercaderías, acreditando su correcta registración en cumplimiento de las normas laborales y previsionales, y haber entregado a cada conductor bajo su exclusiva cuenta y cargo: casco e indumentaria con bandas reflectivas reglamentaria, caja portaobjetos reglamentaria con sistema de ajuste al vehículo, comprobante de póliza de seguros personales y de riesgos del trabajo vigentes y copia de las libretas sanitarias.
Otra de las cuestiones que solicitó Gallardo fue la prohibición de que sean los empleados quienes paguen por esos equipos de trabajo. “Queda expresamente vedado a las empresas citadas obligar a los empleados a costear las provisiones establecidas», advirtió el magistrado. Y completó que una vez cumplido lo requerido, se decidirá acerca de la rehabilitación de su funcionamiento provisional.
A su vez, ordenó al jefe de la Policía de la Ciudad que disponga la realización de operativos en la vía pública para identificar a los conductores de ciclorrodados y motovehículos afectados al transporte de mercadería, con detalle de la empresa para la que prestan servicios, y verificar, en todos los casos, las condiciones de seguridad de su tarea diaria. De lo contrario “los agentes de la Policía de la Ciudad deberán proceder al decomiso de la caja portaobjetos y de su contenido dejando debida constancia”.
En cuanto a las empresas, podrán ser sancionadas con una multa de diez mil pesos por cada irregularidad verificada, cuyo pago se hará efectivo mediante embargo en las cuentas bancarias de su titularidad.