En la sesión que se realizó esta martes, la Legislatura porteña ratificó -con 35 votos afirmativos, 17 negativos y 2 abstenciones- el decreto que dictó hace pocos días el jefe de Gobierno por el que se prohibe la venta de alcohol en los locales que no están específicamente habilitados con ese fin. De esta manera, el decreto quedó incorporado al Código de Verificaciones y Habilitaciones.
Desde ahora, sólo se podrá vender alcohol a los mayores de 18 años en el horario de ocho de la mañana a 23:00, excepto por el servicio de entrega a domicilio. Tampoco podrán venderlo -en ningún caso- los quioscos, los maxiquioscos, las estaciones de servicio, los lavaderos y otros negocios que lo hacen actualmente.
La única sanción dispuesta para el caso de incumplimiento de esta norma es la cancelación de la habilitación y el cierre del establecimiento. La ley incluye la prohibición de vender alcohol a los menores de 18 años. Los bares podrán vender bebidas para ser consumidas dentro de sus locales, en cambio, esto no podrá ocurrir en ninguno de los casi 5 mil quioscos y maxiquioscos que existen en la ciudad.