Los residuos urbanos siguen siendo un problema sin solución en Argentina

Los residuos urbanos siguen siendo un problema sin solución en Argentina

Su tratamiento sigue en manos de los municipios, que en a veces permiten su enterramiento en basurales a cielo abierto.


Uno de los más graves problemas que deben enfrentar las sociedades industrializadas es el acto de desechar los residuos sólidos urbanos que se generan por el consumo de alimentos, el exceso de envoltorios inútiles y de una amplia multiplicidad de objetos que se descartan luego de su utilización, muchos de ellos absolutamente innecesarios.

Por esta razón es que en muchos países se reglamentó el tratamiento de sus residuos, instituyendo su clasificación y el tráfico de los que irán a su disposición final en los vertederos destinados para tal fin. No sólo eso, sino que existen leyes de envases –no en Argentina-, para disminuir los materiales que deberán ser luego destinados a enterramiento.

En la Argentina existe una política pendular al respecto. Al mismo tiempo que en algunas ciudades –por ejemplo, Buenos Aires y Laprida-, se impulsan procedimientos de clasificación y reciclado de los desechos que pueden ser reutilizados por la industria, existen otras poblaciones en las que los gobiernos municipales y provinciales se hacen los distraídos ante a la necesidad de separar y clasificar los RSU e incluso hacen la vista gorda frente a los basurales clandestinos, en los que los propios camiones recolectores de residuos de los municipios arrojan la basura que recogen sin miramientos, mientras que las autoridades omiten luego desarrollar políticas que remeden de alguna manera la contaminación que producen éstos en los suelos y en las napas freáticas.

 

Sin leyes, sin política

Para peor, no existe una Ley Nacional de Tratamiento de Residuos. Esta circunstancia genera un vacío legal muy grande, ya que deja librada al azar una política fundamental. Baste decir que ni siquiera hay una cifra aproximada de cuántos basurales clandestinos –que no lo son tanto- existen en el país.

Los basurales no son jamás clandestinos, porque su presencia no puede ser ocultada. La única razón de su existencia es porque le disminuyen a muchos intendentes el gasto en la disposición de los residuos, que siempre es la mayor de sus erogaciones.

De todos modos, existen leyes que resultan casi perfectas en sus planteos, pero que resultan absolutamente fallidas en su aplicación, en parte porque algunos gobiernos deciden invertir en materias más urgentes –o que se ven más- o porque sus cuadros carecen de la idoneidad técnica y política requerida para poner en marcha las estipulaciones contenidas en las normas legales.

Es el caso de la Ley N° 1854/05, más conocida como Ley de Basura Cero, que fue sancionada a fines de 2005, fue promulgada en 2006 y, finalmente, reglamentada en 2007. La ley estipulaba que hacia 2012 se iban a enterrar solamente el 50 por ciento del volumen de los residuos enterrados en 2004, que sumaban un millón y medio de toneladas, es decir, 750 mil toneladas anuales. Luego, en 2017 debería haberse enviado al centro de enterramiento de Norte III un 75 por ciento menos y, finalmente, en 2020 estaría prohibido enterrar residuos no orgánicos.

La ciudad genera diariamente seis mil toneladas diarias de residuos, de los cuales se recicla el 46 por ciento, lo cual significa un avance, pero aún el 40 por ciento de lo que se entierra es reciclable, lo que permitiría que la cifra mejore aún más. Es decir, la ciudad no está en “basura cero”, pero el instrumento, que es la ley, plantea metas más ambiciosas y debe ser mejorado en cuanto a su implementación.

Del 40 por ciento que se dispone en Norte III, el 17 por ciento es cartón y papel; el 19 por ciento es plástico; el tres por ciento es vidrio y el uno por ciento son metales. Del 60 por ciento restante, el 41 por ciento son alimentos; el cinco por ciento son textiles; el cuatro por ciento son pañales y apósitos descartables y el diez por ciento se ubican en la categoría de “otros”.

Para que estas cifras mejoren, el primer escollo es que es necesario abandonar la concepción de que los residuos son sólo desechos. Se debe considerar que son recursos que la industria necesita. Hay un caso de un microempresario de caucho, que recibía la visita habitual de unos cartoneros, que le ofrecían productos que él desechaba porque no le eran necesarios. Un día le ofrecieron una lata de 20 litros de aceite de automóvil usado, que se suele tirar a la basura, con los problemas que esto genera. El pequeño industrial aceptó inesperadamente el producto y pidió que le trajeran todo el aceite que pudieran conseguir. ¿El secreto? En el proceso de transformar la goma en caucho se utiliza aceite. Cuando la goma es blanca o de color, se utiliza aceite puro, pero en la goma negra se utiliza el aceite usado de automóvil, de color y de menor viscosidad.

Éste es un caso que no es aislado, pero que es poco difundido y existen muchos más. En los tiempos de la crisis de 2001, se importaba papel y cartón de Brasil por una cifra anual cercana a los 200 millones de dólares. Cuando fue necesario disminuir el gasto, se apeló a la capacidad de los recuperadores urbanos, que salieron a recolectar el papel y cartón necesarios para fabricar materia prima a un costo menor.

En el país se desecha aproximadamente una tonelada cada dos segundos, de los cuales el 15 por ciento son plásticos; el 49 por ciento son orgánicos; el 14 por ciento, papel y cartón; el dos por ciento, metales; el tres por ciento, vidrios y existe un 18 por ciento que se agrupan bajo el rótulo de “otros”. Esto es a nivel nacional, porque, por lo visto, en la ciudad de Buenos Aires las cifras son algo diferentes, aunque no demasiado.

Este panorama es bastante oscuro en cuanto al cuidado del medio ambiente y la salud pública y es territorio fértil –valga la paradoja- para el incumplimiento por parte de los gobiernos municipales, provinciales y el Gobierno nacional de las pocas normas que regulan el tratamiento de los residuos sólidos orgánicos.

En el próximo número trataremos el tema de la modificación, por medio del inoportuno Decreto N° 591/19, del decreto 181/92, que reglamenta la Ley N° 23.922 y del Decreto 831/93, que reglamenta la Ley 23.922. Esta última norma fue dictada para aprobar el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación y el decreto reglamentario ahora modificado anula los efectos de la ley. Insólito. 

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