El presidente Mauricio Macri firmó el Decreto N° 591/2019 el 26 de agosto último, por el cual modificó los Decretos N° 831/93 y N° 181/92, que reglamentaron, respectivamente, las Leyes N° 24.051/93 y N° 23.922/92.
Estas leyes reglamentan desde hace 27 y 26 años, respectivamente, el tratamiento, el transporte y la generación de residuos peligrosos en el país, a la vez prohíbe la importación de los mismos residuos desde países extranjeros.
Lo peor es que la Ley N° 23.922 fue dictada con el fin exclusivo de adherir al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación. En su articulado se adopta la definición que se pactó entre los firmantes del Pacto acerca de cuáles son los residuos peligrosos y la naturaleza de éstos.
La sola existencia de esta ley cuestiona el Decreto 591/19, que termina de firmar Mauricio Macri. Más allá de los residuos que sean considerados peligrosos –de los cuales la ley detalla una larga lista de sustancias, con datos específicos acerca de las que se incluyen en ella-, la Ley exige un certificado de inocuidad, obtenido en el país de origen. Si se dicta una ley de adhesión a un convenio que prohibe que residuos peligrosos viajen de un país a otro, no se puede permitir repentinamente su entrada al país, más si Argentina es uno de los firmantes de ese Convenio.
En la edición pasada de la Revista Digital Noticias Urbanas, advertimos acerca de la inocuidad, no de los residuos peligrosos, sino de las normas que regulan su tratamiento en nuestro país. La existencia de basurales “clandestinos” (todo el mundo los conoce), el estado de colapso de los Centros de Disposición Final, como los de Villa Dominico –inactivo desde el dos de febrero de 2004- y el denominado Norte III, situado en José León Suárez y aún en funcionamiento, además de la falta de implementación de la tarea de separación de los residuos en los hogares, no auguran un futuro promisorio para el tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en nuestro país.
Un Decreto peligroso
Entretanto, las autoridades informaron sobre la modificación al decreto reglamentario de las leyes ambientales por medio de algunos voceros, como Juan Trebino, que es el subsecretario de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría de Ambiente de la Nación. Éste afirmó que “no podemos seguir viendo a los residuos como en los ’90, son recursos”.
El funcionario justificó la medida alegando que era necesaria la flexibilización del ingreso al país de materiales industriales, como el scrap de aluminio que utilizan las automotrices, el caucho de una granulometría específica y la chatarra.
Además, Trebino argumentó que “lo único que estamos haciendo es regularizar una situación de hecho, que actuaba como una barrera de producción”, ignorando que los materiales no peligrosos ni contaminantes nunca estuvieron prohibidos en Argentina. Entonces, se pregunta este escriba, ¿porqué modificar las especificaciones que estaban referidas específicamente a los “residuos peligrosos”, si ni el desecho de aluminio, ni de caucho ni de metal son desechos prohibidos?
Las autoridades chinas dejaron de permitir hace poco el ingreso de materiales plásticos reciclados desde Estados Unidos, por lo que este país se encuentra en la búsqueda de nuevos mercados para ubicar en ellos los desechos que generan. ¿Habrá allí una motivación extra para decretar de manera tan despreocupada?.
Contaminar sin freno
El decreto 591/19 –que lleva las firmas del presidente, del jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Producción, Dante Sica- “atenta contra la generación de reciclables del propio territorio”, denunció el abogado ambientalista Enrique Viale. Es que la norma flexibiliza el ingreso de plásticos, que se reciclan y reutilizan profusamente en nuestro país, debido a la ímproba tarea de los recicladores urbanos, que sólo en la Ciudad de Buenos Aires procesan 600 de las tres mil toneladas que se producen diariamente, equivalentes al cinco por ciento del total.
Alejandro Valiente, asesor técnico de la Federación de Cartoneros, que funciona en el ámbito de la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), planteó que “si empiezan a importar hay un riesgo para los cartoneros, porque no van a tener a quién venderle o no les va a alcanzar lo que les paguen para vivir. Pero el riesgo –advirtió el especialista- es también para el ambiente, porque si los cartoneros ya no pueden vender, las miles de toneladas que hoy juntan van a sumarse a todo lo que ya se tira, agravando el desastre ambiental. Puede generar un círculo vicioso”.
En este punto, Viale reiteró que la nueva reglamentación “viola los principios ambientales de no regresión ambiental y de progresividad. El primero establece que una vez que se alcanza cierto nivel de protección ambiental, no se puede retroceder, mientras que por el segundo hay que ir avanzando permanentemente en la protección”.
No hay ninguna razón a la vista para haber modificado las leyes 24.052 y 23.922. En especial esta última, que fue dictada para adherir a un convenio internacional, fue modificada en contradicción absoluta con su objetivo. Si el Convenio de Basilea prohíbe el tráfico de residuos peligrosos, no se puede permitir su importación, que está taxativamente interdicta.
Lo único que se puede hacer es, mediante otra ley, abandonar al grupo de países que se niegan a contaminar sus territorios importando basura peligrosa de los países centrales. Y pasar a ser un país que permite que reine la contaminación sin freno.