Marea verde: Ley de cupo femenino en festivales + Ley de talles nacional

Marea verde: Ley de cupo femenino en festivales + Ley de talles nacional

También se aprobaron dos proyectos sobre violencia de género y una modificación para la prevención y sanción del acoso sexual callejero.


Los últimos veinte días de la administración de Mauricio Macri sacuden la agenda de género. Por un lado, se revocó la resolución que garantizaba el acceso al Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), confeccionado en 2015 y que el Secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, intentó actualizar este miércoles pero fue frenado por Macri y la Ministra Stanley. Incluso, se habla de una “crisis” dentro del Gobierno y la posible renuncia del Secretario.

Sin embargo, por otro lado, la cúpula verde del Congreso se hizo eco de dos iniciativas fundamentales en lo que respecta a la justicia para mujeres e identidades no binarias: se aprobó la Ley de cupo femenino en recitales, que establece un piso del 30% de bandas femeninas, y la Ley Nacional de talles, una lucha de años que sostiene que vestirse “es un derecho, no un privilegio”.

Ley de cupo femenino en recitales

La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que establece un piso del 30% para la presencia de artistas mujeres en eventos y festivales musicales.

La norma, de autoría de la senadora Anabel Fernández Sagasti (FpV-PJ), regula “el cupo femenino y el acceso de las artistas mujeres a los eventos de música en vivo que hacen al desarrollo de la industria musical”.

Según la flamante ley, si en un evento hay entre 3 y 4 artistas programados, 1 deberá ser mujer; si hay de 4 a 8, 2 tendrán que ser mujeres; y si hay 9 o diez artistas convocados, 3 serán mujeres.

Los productores, curadores, organizadores y responsables comerciales del evento serán los sujetos obligados al cumplimiento del cupo.

La sanción en el recinto contó con la participación, en una de las bandejas laterales al estrado, de artistas como Celsa Mel Gowland, Hilda Lizarazu y Mavi Díaz, entre otras.

Ley Nacional de talles

La Cámara de Diputados aprobó esta madrugada el proyecto de ley de talles que busca establecer un “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (SUNITI) correspondiente a medidas corporales estandarizadas, y que ya tenía sanción del Senado.

El plenario votó por amplia mayoría (163 votos a favor) convertir en ley este proyecto para que se venda en los comercios ropa con medidas corporales estandarizadas.

El proyecto establece medidas contra la discriminación en los comercios y apunta a atacar enfermedades como la bulimia y la anorexia (en este último caso, Argentina es el segundo país del mundo con más casos, después de Japón).

Se contempla tanto en la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria destinada a la población a partir de los 12 años de edad, de acuerdo a la iniciativa.

El proyecto establece que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo correspondiente, deberá realizar en todo el país y cada 10 años un estudio antropométrico de la población, con el fin de actualizar la base de datos.

Además, indica que “todo comerciante, fabricante o importador de indumentaria debe identificar cada prenda”, la etiqueta debe ser “de fácil comprensión para el consumidor” y debe estar “adherida a la prenda”.

Por otra parte, los comercios estarán obligados a exhibir un cartel de un mínimo de 15×21 centímetros, en un lugar de fácil visibilización, que contenga la tabla de medidas corporales normalizadas.

Más proyectos verdes

El plenario legislativo aprobó y giró al Senado un proyecto que prohíbe el uso, portación, tenencia y transporte de armas, a aquellas personas que registren en su contra procesos en curso o medidas preventivas vigentes como consecuencia de denuncias vinculadas a la violencia contra las mujeres y contra la familia.

En tanto, otro proyecto aprobado otorga un servicio gratuito y accesible de asistencia lingüística para víctimas de violencia de género que no hablen español o cuenten con un dominio limitado del idioma, o tengan impedimentos auditivos o visuales.

En materia de género, también se aprobó una modificación del Código Penal sobre prevención y sanción del acoso sexual callejero.

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