Mediante un escrito anónimo, se puso en conocimiento de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad que en el Hospital Muñiz se estaría efectuando, periódicamente, el vuelco de líquidos tóxicos a las redes cloacales. A raíz de esta denuncia, el 6 de febrero de 2002, funcionarios del Área de Asuntos Jurídicos y Defensa del Consumidor de la Defensoría del Pueblo, acompañados por personal de la División Medio Ambiente, de la Dirección Policía Científica de la Gendarmería Nacional, de la Dirección de Asuntos Ambientales de la Gendarmería Nacional y del Comité de Control de Infecciones, creado en el ámbito de ese hospital para supervisar el tratamiento de residuos patogénicos, realizaron un procedimiento en el lugar, donde se detectaron graves irregularidades administrativas y de bioseguridad.
El servicio de retiro, transporte, tratamiento, esterilización y disposición final de los residuos patogénicos es realizado, desde 1998 mediante un proceso de contratación directa, por una empresa privada denominada Descontaminación de Residuos Patológicos S.A. (DRP). La Dirección del Hospital Muñiz informó que en su momento se realizó un concurso de precios para la contratación directa, "en forma excepcional", fijando un precio máximo de 0,95 pesos por kilogramo retirado. En el acta de Apertura de Propuestas, de fecha 28 de agosto de 1998, se deja constancia la concurrencia de tres firmas que cotizaron: DRP -0, 79 pesos por kilogramo-; Ecosistem S.A. -0,81 pesos por kilogramo-; y Obremelec -0,96 pesos por kilogramo-. Del cuadro comparativo de precios, resultó preadjudicataria la firma DRP, pero no fue hasta que la Dirección General Adjunta de Hábitat Físico para la Salud autorizó esta maniobra irregular, que la empresa comenzó a trabajar en el lugar.
En la resolución que emitió la Defensoría al respecto se informó que, en la pesquisa realizada en el Hospital Muñiz, se constató que: desde el día anterior, la máquina de autoclave y tratamiento estaba fuera de servicio a la espera de ser reparada; a un costado del equipo se hallaban acumuladas, al aire libre y sin ningún resguardo de seguridad, una numerosa cantidad de bolsas rojas que contenían residuos hospitalarios provenientes del Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez y del Instituto del Quemado, según lo informado por los empleados del lugar; dichas bolsas se encontraban sin rotular, de modo que no se pudo determinar ni su origen, ni su fecha; No existe documentación a la vista que permita verificar el asiento de las bolsas y/o kilos de residuos que ingresan diariamente para su tratamiento.
Además, en la cloaca del sector, se observaron restos de bolsas plásticas, envases de jeringas (sin agujas), aceite, restos de guantes de látex, capuchones de agujas y frascos de vidrio provenientes, presuntamente, del lavado de los recipientes contenedores. Por lo cual, se decidió tomar una muestra para su posterior análisis químico, tomándose fotografías del lugar; y otra de la cloaca que tiene salida al exterior del nosocomio, por detrás de los consultorios externos. Hasta el momento no están listos los resultados de dichos análisis.
"Posteriormente -expresa la resolución-, se inspeccionó el sector de almacenamiento o acopio de los residuos generados diariamente en ese Hospital, previo a que ingresen al sector de tratamiento. Allí se observó que: 1) las bolsas se hallan almacenadas en un especie de jaulón abierto, que no guarda medidas mínimas de seguridad (no está vallado, ni convenientemente cerrado); 2) ninguna de las bolsas estaba rotulada; 3) el lugar carece de toda señalización; 3) se encontró un gato muerto en estado de avanzada descomposición, tomándose fotografías del sector"
El informe técnico confeccionado por la Dirección de Protección Civil y Asuntos Ambientales de la Gendarmería Nacional, a pedido de la Defensoría, también expresa que el deposito "se encontraba colmado en su capacidad, volcándose las bolsas al exterior del recinto por una ventana posterior", que "en la parte posterior del recinto se observaron estibadas a la intemperie, bolsas rojas conteniendo residuos, que según lo referido por el empleado provenían del Instituto del Quemado, sin poder precisar el tiempo en que fueron almacenados" y que "la cámara fría se hallaba colmada su capacidad, con bolsas y a la espera de la reparación del autoclave".
"El encargado del Hospital Álvarez comentó haberse quejado reiteradamente ante la empresa, debido a que el tipo de bolsas que provee no son del espesor reglamentario (40 micrones, cuando lo indicado es de por lo menos 120 micrones), sin que tal situación se haya modificado", argumenta la resolución, que en otro de sus párrafos, agrega que "se entabló una conversación con un empleado de la firma "Poliequipo", de apellido Carrizo, quien en relación a las bolsas utilizadas comentó haber sufrido un accidente, por el que se pinchó una pierna con una jeringa que traspaso una de las bolsas rojas que allí se utilizan. Aseguró que hasta la fecha se sigue haciendo estudios de rutina".
CAUSA JUDICIAL
A raíz de las diligencias practicadas, la defensora del Pueblo formuló la correspondiente denuncia penal, por la cual se solicitó al magistrado interviniente que ordene la remisión de las muestras cloacales obtenidas al Cuerpo Médico Forense, a fin de realizar los pertinentes análisis de laboratorio que permitan determinar la presencia de sustancias tóxicas perjudiciales para la salud pública.
La causa está radicada en la Fiscalía nº 3 a cargo de Guillermo Oscar Cichetti, cuyo secretario es Gustavo Letner; y está caratulada: "Oliveira, Alicia s/tráfico de mercaderías peligrosas para la salud".
IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS
En la nómina de Operadores de Residuos Patogénicos publicada en la Página Web de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación figura "DRP S.A con domicilio: Sarmiento 385 5º "80" (1041) Quilmes BUENOS AIRES; Teléfono / fax: 4325-5444". Pero el "error" está en que tanto la dirección como el código postal, pertenecen a Capital Federal. Otra irregularidad es que la empresa "Eccotech S.A." figura en el mismo listado con el mismo teléfono, pero con dirección totalmente distinta. Además, el numero que figura en el cartel del Hospital Muñiz, que es diferente al que figura en la Pagina Web, tampoco pertenece a esta empresa sino que es propiedad de "Servicio Técnico Ericson". Al intentar constatar la dirección, las autoridades de la Defensoría, se enteraron que desde agosto de 2001 que la empresa no trabaja allí.
Según declaraciones de Marcelo Rosales -que se presentó como responsable de la firma DRP S.A.-. La empresa además de estar tramitando una prorroga del permiso para trabajar con residuos patogénicos -el mismo está vencido desde enero-, aclaró que "se encuentra en convocatoria de acreedores por un pasivo que no excede los 30.000 pesos y que adquirió una nueva máquina de autoclave de origen estadounidense, por un valor de 160.000 dólares, aún cuando el Gobierno de la Ciudad le adeuda el pago de los servicios que prestan desde hace aproximadamente un año".
CONCLUSIONES DE LA RESOLUCION EMITIDA POR LA DEFENSORÍA
1.- Lugar físico: El recinto donde se tratan los residuos patogénicos no guarda condiciones elementales de seguridad, de conformidad a la normativa vigente en la Ciudad. Tampoco el lugar destinado al acopio de residuos es adecuado, ni responde a las pautas establecidas por la reglamentación en vigencia, que entre otras cosas establece, que el local de acopio o almacenamiento deberá ser de uso exclusivo, cerrado, poseer salida cómoda, directa e indirecta a la calle.
2.- Bolsas: Que todas las bolsas rojas encontradas estén sin rotular (es decir, sin ninguna tarjeta o autoadhesivo que las identifique) constituye un hecho particularmente grave, puesto que ello impide precisar y cotejar la fecha de embolsado, peso, tipo, origen, lugar de generación, y cantidad de residuos patogénicos que contienen. También reviste particular gravedad, el tipo y característica de las bolsas que se utilizan. Al respecto, el Manual de Gestión de Residuos Patogénicos (que integra como anexo II el Decreto nº 1886-GCBA-01) establece que las bolsas constituyen la primera ubicación de los residuos, y que las bolsas rojas contendrán únicamente residuos patogénicos, las que una vez llenas en las tres cuartas partes de su volumen deberán ser cerradas con precintos e identificadas conforme la reglamentación de la Ley (rotuladas); dichas bolsas deberán ser de un material resistente al corte y a ser punzadas, impermeables y opacas, y de un espesor de 120 micrones.
3.- Autoclave: El no funcionamiento de la máquina de autoclave, que data -al menos- desde el 5 de febrero de este año, importa otra situación de severa irregularidad. La legislación establece, concretamente, que en caso de emergencias y con el fin de garantizar la prestación ininterrumpida del servicio, los operadores deben contar con alternativas o convenios con otras prestadoras debidamente autorizadas
4.- Irregularidades administrativas: Otro dato llamativo de la presente investigación, ha sido el periplo itinerante de la empresa DRP S.A. y la dificultad para precisar su actual domicilio legal y/o sede social, así como el teléfono para contactarse con la misma. A priori, se podría suponer que tal situación obedece a razones de índole económico-comercial producto de la situación de aguda crisis imperante en el país. Aún si así fuera, no resulta excusable que el órgano nacional encargado de supervisar y fiscalizar a las personas (físicas y jurídicas) que se dedican al tratamiento de residuos peligrosos, difunda datos desactualizados e inexactos.
5.- Control Estatal: De todo lo dicho, surge como obvio, la carencia de controles mínimos por parte de los poderes públicos. Por un lado, las autoridades nacionales que, al parecer, limitan su tarea a cumplir formalidades regístrales y de inscripción. Por otro lado, la Ciudad que recién está organizando el área respectiva. Y en lo cotidiano, el Comité de Control de Infecciones del Hospital Muñiz, que desde 1998 no ha sido capaz de advertir que las bolsas utilizadas por la empresa no son las apropiadas, que no se realiza la identificación de las mismas (rotulado), y que nada puede decir, del lugar al que son llevados los residuos patogénicos -no sujetos a tratamiento alguno- como consecuencia de los desperfectos del equipo instalado dentro de ese Hospital. Semejante cuadro de situación, invita a preguntarse ¿habrá que esperar que ocurra alguna desgracia o fatalidad para que se ejerzan los controles y previsiones necesarios?.
6.- Oliveira resuelve:
A.- Recomendar al secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y al secretario de Medio Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que dispongan, cada uno por su cuenta, una urgente inspección integral en el sector del Hospital General de Infecciosas "Francisco J. Muñiz".
B.- Recomendar al secretario de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, proceda a excluir a la empresa "Descontaminación de Residuos Patológicos S.A." del proceso licitatorio en curso para la contratación de servicios de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de los Residuos Patogénicos generados en los Hospitales bajo su dependencia, hasta tanto se verifique el debido cumplimiento de las normas legales a las que debe ajustarse dicha empresa.
C.- Recomendar al procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, instruya sumario administrativo a fin de atribuir o deslindar responsabilidades.