Ibarra tendrá 180 días para reglamentar las normas

Ibarra tendrá 180 días para reglamentar las normas

Más de 20 normas que fueron sancionadas por la Legislatura porteña, no pueden ponerse en vigencia porque el Ejecutivo aún no ha dictado los decretos reglamentarios correspondientes. Por tal motivo, la diputada porteña Alicia Pierini (PJ) presentó un proyecto que pone un plazo al Gobierno de la Ciudad para reglamentar las leyes sancionadas por el parlamento. La iniciativa, que también establece un procedimiento para que las personas afectadas por esta demora puedan reclamar ante la Justicia, ya tiene despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales


Para impedir que el Gobierno de la Ciudad siga demorando la aplicación de más de 20 leyes por no haber firmado aún sus decretos reglamentarios, la diputada justicialista Alicia Pierini presentó una iniciativa que establece que las normas se reglamentan dentro de un determinado plazo desde su promulgación, salvo que la propia ley establezca otro plazo o no requiera reglamentación.

Esta iniciativa ya cuenta con despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales, donde se le introdujo una pequeña modificación, en base a un proyecto sobre el mismo tema presentado por Silvia Gottero y Víctor Santa María, que aumentó a 180 días el plazo dado al Ejecutivo para la reglamentación de las normas. Al no haberse presentado ninguna objeción al despacho, y habiéndose vencido el plazo para realizar observaciones, se estima que será inminente el tratamiento de este proyecto en el recinto.

Cabe mencionar que actualmente no hay establecido ningún plazo en el que el Poder Ejecutivo deba elaborar y promulgar el decreto reglamentario de las normas que así lo demanden, y que, generalmente, aún sabiendo ésto, en las leyes se omite fijar el plazo que tendrá el jefe de Gobierno para su reglamentación.

Esta propuesta establece también que, vencidos los 180 días, toda persona afectada por la imposibilidad de ejercer un derecho subjetivo consagrado en cualquiera de las leyes vigentes por ausencia del dictado de la norma que lo haga operativo, puede reclamar judicialmente su reglamentación.

Es que cuando una norma consagra un derecho, éste no alcanza operatividad efectiva hasta el dictado de la norma inferior reglamentaria, lo cual puede tornar a la Ley en meramente declarativa.

Entre las leyes que no están en vigencia por carecer de reglamentación se pueden citar la de Enfermería, Salud Mental, Juegos de azar, Turismo, Regulación de Geriátricos, Defensa de los derechos del consumidor, Defensa del trabajo argentino, y habilitación y funcionamiento de los Jardines Maternales, entre otras.

Cabe destacar, que muchas de estas normas han sido, en su momento, publicitadas por el Gobierno de la Ciudad, por lo que se descuenta de que la razón por la que aún no han sido reglamentadas no radica en la disconformidad con el contenido de las mismas.

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