En concordancia con el articulo 42º de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, con la ley 447/2000 y con las "Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad" aprobadas, mediante una resolución que data del 20 de diciembre de 1993, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, los diputados porteños, Claudia Serio y Fernando Caeiro -ambos radicales-, presentaron dos proyectos de ley para obligar a quienes organicen actos públicos a que establezcan accesos acondicionados para personas discapacitadas.
Ambas iniciativas fueron unificadas, el 5 de junio, por la Comisión de Políticas de Promoción e Integración Social, mediante un despacho que aconseja su sanción.
La norma propuesta por los legisladores, exige que toda promoción de acto de concurrencia masiva deberá detallar, "en forma visible y precisa", las condiciones de accesibilidad arquitectónicas y comunicacionales en función de la asistencia de "personas con necesidades especiales".