El Colegio Público de Abogados porteño debe informar estados contables y presupuesto

El Colegio Público de Abogados porteño debe informar estados contables y presupuesto

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló de esa manera.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (Cpacf) está obligado a brindar información sobre sus estados contables y presupuesto.

En coincidencia con el dictamen del procurador fiscal Víctor Abramovich, la Corte consideró que el pedido de acceso a la información por parte de los abogados estaba dirigida contra “una entidad que cumple fines públicos” delegados por el Estado.

El máximo tribunal rechazó un recurso extraordinario del Cpacf y confirmó la sentencia que reconoció el derecho de acceso a esa información, como hace años lo habían planteado varios letrados matriculados representantes de la Asamblea de Delegados.

El dictamen tomado por la Corte expuso que el Colegio “es una persona jurídica de derecho público no estatal que ejerce funciones delegadas por el Estado”, ya que gestiona intereses públicos en materia de control del ejercicio de la profesión de abogado, gobierno de la matrícula y poder disciplinario sobre sus matriculados en el ámbito de la Capital Federal”.

En el dictamen se evaluaron las normas vigentes y se ponderó la “relevancia” del acceso a la información pública “en aras de que las personas conozcan la manera en que se desempeñan los gobernantes y los funcionarios públicos”, con un criterio de “máxima divulgación” en las sociedades democráticas.

Agregó que el Cpacf “reviste un carácter eminentemente público, no solo por ser materia inherente al control del gobierno de la entidad, sino también porque los recursos de dicho colegio profesional se conforman sustancialmente con aportes obligatorios fijados por ley y que deben ser integrados por la totalidad de los profesionales matriculados”.

Abramovich había afirmado que “la interacción entre el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y el Estado se desprende, además, de otras finalidades generales reconocidas por el legislador; por ejemplo, contribuir al mejoramiento de la administración de justicia o colaborar con los poderes públicos en la elaboración de la legislación en general”.

Según el dictamen fiscal, “media una directa vinculación entre el acceso a la información y el resguardo de la transparencia y la publicidad de la gestión de los asuntos públicos, lo que resulta aplicable a una entidad que administra fondos que resultan de aportes compulsivos fijados por la ley”.

El Cpacf se había opuesto, argumentando que no forma parte del Estado Nacional, no depende del Poder Ejecutivo y no recibe fondos públicos en forma directa o indirecta.

Qué se dice del tema...