La Ley Nacional 24.901 obliga a todas las obras sociales a instituir un sistema de prestaciones básicas de atención integral a las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Sin embargo, la obra social de los trabajadores municipales (OSBA) no cumplía con estos requerimientos, negándoles a las personas con capacidades diferentes la posibilidad de poseer una protección médica integral. Esto motivó a la defensora del Pueblo, Alicia Oliveira, a realizar una presentación judicial, basándose en la gran cantidad de denuncias que advertían acerca del estado de abandono que padecían los discapacitados en esta obra social.
Esta presentación fue avalada por la jueza Alejandra Petrella de Delbene, que ordenó a la OSBA que procedeira a cubrir todo tipo de prestaciones a sus afiliados discapacitados, ya sea en cuanto a las prestaciones básicas y a los servicios específicos, como a los sistemas alternativos al grupo familiar y a las prestaciones complementarias.
Por lo tanto, desde ahora, OSBA deberá cumplir con la ley, y brindar protección médica integral a las personas con capacidades diferentes que se encuentren afiliadas a esta obra social.