El 12 de junio el Concejo Deliberante de Avellaneda sancionó una ordenanza que posibilita, tras un plazo de 8 años, la expropiación de terrenos considerados baldíos o en desuso.
El texto aprobado crea el Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos, Inmuebles con Edificación Derruida o con Edificación Paralizada. Las tierras situadas dentro del municipio que ingresen en tal registro, tendrán que ser parceladas por sus dueños y demostrar obras en ejecución.
A partir de allí, y tras la notificación a los propietarios, se establece un plazo de 3 años a los propietarios para avanzar en edificaciones comprobables. De hecho, en ese plazo se exige la presentación de un proyecto de construcción. Pasado ese tiempo, la ordenanza estipula 1 año para el inicio de obras y 4 para su finalización.
Sumado todo el período, si en 8 años el dueño de un terreno que ingreso en el registro creado no demostró obras de construcción, el municipio puede considerarlo de utilidad pública sujeto a expropiación.
Esta acción debe ser avalada por la Legislatura de la Provincia y, como prevé la Constitución provincial para el caso de una expropiación, implica una compensación económica a los propietarios.
La norma se aprobó con la mayoría del Frente de Todos que conduce políticamente el Ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, Jorge Ferraresi, y ante los reclamos de la oposición.
Desde el bloque de Juntos por el Cambio emitieron un comunicado en el que sostienen que la ordenanza vulnera garantías constitucionales, la ley orgánica de municipios y, en definitiva, la propiedad privada de los vecinos del municipio de Avellaneda.