Ibarra pidió la inconstitucionalidad de una cláusula de la Constitución porteña

Ibarra pidió la inconstitucionalidad de una cláusula de la Constitución porteña

En la respuesta a una presentación del abogado Javier García Elorrio, que pidió su procesamiento por "incumplimiento de los deberes de funcionario público", el procurador general porteño -que representa al jefe de Gobierno- solicitó al juez que declare la inconstitucionalidad de la claúsula transitoria 17, que le exigía sancionar la Ley de Comunas antes del 1º de octubre pasado. La Legislatura, por su parte, pidió una "sanción ejemplar" para García Elorrio


La Legislatura y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respondieron al amparo que interpuso el abogado Javier García Elorrio contra ambas instituciones por no haber sancionado la Ley de Comunas. Estaban obligabas a esto en la Cláusula Transitoria 17, que fue sancionada junto con la Constitución de la Ciudad, en octubre de 1996. Esta cláusula planteaba que entre los meses de octubre de 2000 y de 2001, debía implementarse una ley de descentralización para dividir a la ciudad en varias comunas.

García Elorrio -que está patrocinado por Diego Kravetz- presentó un recurso de amparo el 1 de octubre último ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1, a cargo del juez Juan Vicente Cataldo, que posteriormente les dio vista al jefe de Gobierno y a la Legislatura para que presentaran ante su juzgado los descargos correspondientes.

En la respuesta de la Legislatura, los abogados señalaron que hay en la Comisión de Descentralización varios proyectos de Ley de Comunas aún no sancionados, en tanto que solicitaron al juez que se les aplique a García Elorrio y a su abogado una "sanción ejemplar".

Por su parte, el procurador general del Gobierno porteño le solicitó al juez en su respuesta que declare la "inconstitucionalidad o la inaplicabilidad" de la cláusula 17.

"Es evidente que el Gobierno de la Ciudad no tiene argumentos para justificar su menosprecio a la Constitución de la Ciudad -señaló García Elorrio-. Es inconcebible que se pidan sanciones a un particular que solicita que se cumpla con la Constitución, pero más inconcebible aún es que el Jefe de Gobierno, coautor de la Constitución de la Ciudad en 1996, no la cumpla y además le pida a la justicia que declare inválida la ley que él mismo dictó" finalizó el querellante.

El vicepresidente primero de la Legislatura porteña, Jorge Enríquez, manifestó que el pedido de una "sanción ejemplar" para García Elorrio fue porque "al hablar de dolo, acusa a los legisladores de intencionalidad al no votar la ley y los acusa sin fundamentos. Hemos acusado al demandante de temeridad y malicia, por lo que puede caberle un apercibimiento o una multa pecuniaria, que el juez decidirá".

"La ley, de todos modos, no salió hasta ahora porque el FREPASO tuvo miedo de someterse a un test electoral, porque sabía que la estructura de la Unión Cívica Radical le iba a ganar casi todas las comunas -declaró Enríquez a NOTICIAS URBANAS-. No hubo inacción en el Legislativo porteño, algunos diputados queríamos votar la ley antes del 1 de octubre, y vamos a seguir intentándolo en el 2002".

Finalmente, García Elorrio manifestó que "yo los acusé de dolo porque dolo es intencionalidad de no votar la ley, y ésto es lo que el propio Enríquez dijo varias veces en los medios de comunciación, o sea que no sé de qué me acusa a mí".

"La concentración de poder que acumula Ibarra al no descentralizar el poder es el paso previo a su intento de reelección -agregó el abogado demandante-. Por ejemplo, si se dictara la ley, los vecinos podrían hacerse cargo del mantenimiento de, entre otros ítems, las vías secundarias, es decir, calles y veredas. Por supuesto, los vecinos no lo podrán hacer pero tampoco lo hace la Secretaría de Obras Públicas, por lo que ésto se convierte en un cuento de nunca acabar".

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