Entre diciembre de 1997 y diciembre de 2003 se presentaron en la Legislatura porteña 25.304 proyectos y se sancionaron 1.263 leyes, 2.993 resoluciones y 2.556 declaraciones. Las cifras indican un promedio anual de 4.198 proyectos presentados y de 210 leyes, 497 resoluciones y 425 declaraciones sancionadas. Es decir, que sólo se aprueba un 27 por ciento de las iniciativas que se ingresan.
Los datos pertenecen a un informe que la defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini, presentó a los diputados porteños este jueves, en la reunión de Labor Parlamentaria. El estudio, que abarca los dos primeros períodos legislativos señala que en ese lapso se realizaron 376 sesiones, entre ordinarias y extraordinarias.
LOS DOS PERÍODOS LEGISLATIVOS
El primer período legislativo abarcó desde el 10 de diciembre de 1997 hasta el 5 de agosto de 2000 y el segundo, desde el 6 de agosto de ese año hasta el 9 de diciembre de 2003. En la primera Legislatura se presentaron 13.122 proyectos, y se aprobaron 500 leyes, 1.597 resoluciones y 1.471 declaraciones. En el segundo período, en cambio, se presentaron 12.182 proyectos, y se sancionaron 763 leyes, 1.396 resoluciones y 1.085 declaraciones.
En el período total, el Poder Ejecutivo vetó, total o parcialmente, 45 normas. El año en el que se registró la mayor cantidad de vetos fue el 2003: en 13 oportunidades Aníbal Ibarra recurrió a esa medida, y diez veces lo hizo en el mes de octubre. El motivo puede haber sido el resultado del quiebre de la Alianza, que resquebrajó la mayoría simple con la que contaba el Gobierno en el Parlamento porteño.
La primera Legislatura realizó respecto de la segunda prácticamente una sesión más por mes, según el informe presentado por la Defensoría. Allí también se destaca el trabajo realizado en 1998. En ese año se realizaron 61 sesiones efectivas. También, en el ’98, se observa una mayor sanción de leyes derivadas del mandato explícito de la Constitución -prácticamente un 40 por ciento- así como es también el año de mayor producción de leyes de fondo.
NORMA POR NORMA
El informe clasifica a las normas sancionadas en "constitucionales" (leyes cuya sanción está ordenada por la Carta Magna porteña), "sustantivas o de fondo", "contingentes", "de catalogación o nomenclaturas", e "interjurisdiccionales".
En el primer período se sancionaron 114 leyes de fondo, mientras que en el segundo un poco menos: 109. Es decir, 223 en total. Este tipo de normas significaron para la primera Legislatura el 24 por ciento de la producción del período, en tanto que para la segunda Legislatura, constituyeron el 14 por ciento.
Las normas interjurisdiccionales representan un 10 por ciento de las normas aprobadas en cada período. Fueron 128 en total (50 en el primer período y 78 en el segundo).
Las contingentes constituyen un 35 por ciento del total de las leyes sancionadas. Fueron 444 normas de este tipo (179 aprobadas en el primer período y 265 en el segundo). En esta clase de normas se destacan las condonaciones de deudas, las expropiaciones y los subsidios. En el rubro de subsidios existe una notable diferencia entre la primera Legislatura, que sancionó 15 leyes, y la segunda, que dio aprobación a 45. Las popularmente llamadas "expropiaciones" de empresas recuperadas alcanzaron el número de 12 durante la segunda Legislatura, entre los años 2002 y 2003.
Las 341 nomenclaturas, catalogaciones urbanas, efemérides, emplazamientos de monumentos, imposiciones de nombres y distinciones representaron un 27 por ciento del total de leyes aprobadas. Aquí existen diferencias sustanciales entre la primera y segunda Legislatura. En el primer período se aprobaron 85 normas de este tipo y en el segundo muchas más: 256. También la proporción que representaron en la totalidad de leyes aprobadas en ambos períodos varía: 17 por ciento en el primero y 34 por ciento en el segundo.
En el rubro constitucionales, se aprobaron en total 82 leyes, aunque hay sensibles diferencias a favor del período legislativo 1997-2000 en detrimento del segundo, ya que de este total, 55 normas fueron sancionadas en la primera Legislatura. Esto significa el 67 por ciento del total de leyes de esta categoría.
Otra cuestión para tener en cuenta es que la diversidad temática de las leyes constitucionales aprobadas es escasa. Tan sólo 26 tratan de diferentes temas entre sí. El resto son modificaciones realizadas sobre las mismas. Esto significa que, hasta fines del 2003, sólo fueron aprobadas el 60 por ciento de las normas ordenadas por la Constitución de la Ciudad.
LAS LEYES CONSTITUCIONALES QUE ESPERAN SU DICTADO
Entre paréntesis se mencionan los artículos de la Carta Magna que ordenan su sanción:
1) Sistema de asistencia profesional jurídica gratuita (Art. 12 inc. 6).
2) Educación (Art. 24)
3) Aprobación del Plan Urbano Ambiental (Art. 29)
4) Consejo de la Juventud (Art. 40)
5) Seguridad Social (Art. 44)
6) Consejo Económico y Social (Art. 45)
7) Regulación de la Propaganda de medicamentos (Art. 46)
8) Radiodifusión y Teledistribución Estatatales (Art. 47)
9) Presupuesto Participativo (Art. 52)
10) Sistema Financiero (Art. 55)
11) Derecho del voto de extranjeros (Art. 62)
12) Régimen Electoral (Art. 69)
13) Ley de Ministerios (Art. 80 inc. 5 – Art. 100)
14) Ley de Puertos (Art. 80 inc. 6)
15) Ley de los Partidos Políticos (Art. 82 inc. 2 – Art. 62)
16) Juicio por Jurados (Art. 106)
17) Mediación Voluntaria (Art. 106)
18) Ley de Comunas (Art. 127)
19) Tribunales de Vecindad (Disposición Transitoria Decimosegunda – Inciso 5)