Procesaron a Etchevehere por el vaciamiento de un diario

Procesaron a Etchevehere por el vaciamiento de un diario

La investigación detectó administración fraudulenta entre 2011 y 2015.


La jueza de Garantías de Entre Ríos, Carola Bacaluzzo, procesó el jueves al exministro de Agricultura de Cambiemos Luis Miguel Etchevehere, a su hermanos, su madre y otros empresarios por presunta administración fraudulenta a raíz del vaciamiento del periódico “El Diario” de Paraná.

La magistrada consideró que el patrimonio de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), la firma responsable de ese medio de comunicación, sufrió un “detrimento considerable, quedó liquidado, al borde del vaciamiento y con un pasivo que iba in crescendo”.

“Persiguieron un ilegítimo propósito de obtener un lucro indebido y de dañar a la persona jurídica”, completó la magistrada al fundamentar su resolución.

La investigación

La causa investiga una presunta estafa y el vaciamiento de SAER, después del pedido de dos préstamos a entidades bancarias a tasa subsidiada que los socios habrían usado en provecho propio, y un “vaciamiento” patrimonial de “El Diario” a través de una sociedad fantasma.

La denuncia, de 2011, fue realizada por Dolores Etchevehere, quien acusó a su madre, Leonor Marcial de Etchevehere, y a sus hermanos de haber solicitado préstamos al Banco Itaú por U$S 250.000, que fueron otorgados en julio y agosto de ese año para destinarse a actividades productivas con una tasa en dólares del 8% anual, pero que terminaron destinados a fines personales.

En la presentación, Dolores Etchevehere incluyó a sus hermanos Luis Miguel y Arturo Sebastián, además del exdelegado del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) Juan Diego.

También fueron acusados el exaccionaista de SAER Walter Grenón, su hermana Viviana Grenón y el empresario Germán Buffa.

La devolución de ese dinero fue pactada en pesos y con una tasa “más beneficiosa”, lo que provocó que “El Diario” tomara otro crédito en el Banco Nación para pagar la diferencia.

La investigación, con más de 330 pruebas, detectó administración fraudulenta entre 2011 y 2015, con un “vaciamiento patrimonial por la venta simulada de numerosos inmuebles” de SAER “en perjuicio tanto de Dolores como de terceros”.

La operación de vaciamiento significaba la “asunción de un mayor endeudamiento y la venta a precios muy inferiores a los del mercado de ocho de sus bienes”, entre los cuales se incluyó la redacción de “El Diario”, se indicó en los argumentos de la resolución.

Para el primero de los hechos, el préstamo en dólares, la jueza argumentó que se trata del “mismo caso” iniciado en el Juzgado Federal 1 de Paraná y por el que Etchevehere y sus hermanos fueron condenados en diciembre de 2020.

En esa causa, el juez federal Pablo Seró condenó a Etchevehere y sus heranos por los delitos de falsa declaración cambiaria e incumplimiento de la finalidad específica de los préstamos en moneda extranjera, y les impuso el pago de una multa de U$S 500.000.

Reclamos rechazados

En mayo del 2021, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná rechazó un recurso interpuesto por la familia Etchevehere; confirmó la pena y ordenó el pago de una multa de 500.000 dólares para la empresa “Las Margaritas”.

Por eso, Bacaluzzo aseguró que “no es posible continuar” con esa investigación” y decretó el sobreseimiento por ese hecho debido a que ya habían sido condenados.

Respecto a la acusación por “obligar abusivamente a la empresa a vender” ocho inmuebles entre 2011 y 2015, la magistrada indicó que Etchevehere y sus hermanos “urdieron diversas maniobras defraudatorias y extorsivas” contra Dolores y la empresa.

El objetivo era “despojarla de sus derechos hereditarios mediante la utilización de actos intimidatorios, abuso de poder, tráfico de influencias y violencia psicológica y económica”, completó.

Asimismo, la jueza precisó que “El Diario” sufrió un “detrimento considerable, quedó liquidado, al borde del vaciamiento y con un pasivo que iba in crescendo”, y los acusados persiguieron “un ilegítimo propósito de obtener un lucro indebido y de dañar a la persona jurídica”.

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