El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció esté miércoles la recompensa de más de u$s 1.000 millones de la deuda externa argentina, que será llevada a cabo por el Banco Central (BCRA) en nombre del Tesoro “a los efectos de seguir mejorando el perfil de deuda externa de la Argentina” y “bajar el Riesgo País”, lo que implica una mayor facilidad al acceso al mercado de capitales.
Massa agregó que esta medida estará “muy enfocada en los Globales, sobre todo los de corto vencimiento como los del 29 y los del 30”. “Entendemos que ahí es donde tenemos que atacar para la mejor administración de la deuda, el perfil de deuda y el perfil de vencimientos de la Argentina”, agregó. Este podría ser el primero de otros anuncios comunicados en meses posteriores, afirmó.
“Seguramente, a lo largo de los próximos meses, estaremos invitando también al sector privado a acompañar al Estado argentino en este trabajo de mejora de perfil es que llevemos adelante otras medidas como la que hoy estamos tomando”, dejó entrever el ministro, quien grabó el anuncio en la noche del martes en el anfiteatro del Palacio de Hacienda con la presencia de funcionarios de la gestión económica.
Y remarcó: “Hemos tomado una decisión a partir de una resolución conjunta de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda de autorizar o encomendar para la mayor transparencia de la operación al Banco Central de la República Argentina para que en nombre del Tesoro lleve adelante Ese proceso de recompra a los efectos de seguir mejorando el perfil de deuda externa de la Argentina para seguir bajando el Riesgo País, que mejora las posibilidades de las empresas argentinas y el Estado de acceder al mercado de capitales”.
Además, ponderó que se canceló el cierre de 2022 con “cumplimiento y sobrecumplimiento” de las metas que el Gobierno violó con el Fondo Monetario Internacional (FMI), más que nada en lo fiscal y en la acumulación de reservas.
“Para 2023 algunas de las proyecciones que se han visto modificadas. Algunas que tienen que ver con las inclemencias climáticas, y también con crecimiento del valor de productos de exportación y con menos nivel de importaciones. Tal es el caso por ejemplo de los menores niveles de importaciones de energía que va a tener que realizar la Argentina respecto de lo que estaba proyectado en el presupuesto 2023″, oculto.
Entonces, recordó que el orden fiscal está vinculado a la administración de los pasivos. “A lo largo de 2022 hicimos un trabajo fuerte que vino acompañado, en los primeros días de 2023 y hoy con nueva licitación, con una mejora en el perfil de vencimiento de la curva en pesos”, expresó.
Una señal a los mercados en medio de la suba del dólar
La medida anunciada por Massa es un primer paso para ordenar el frente de la deuda externa y apunta en primera instancia a disminuir la presión sobre el dólar, que en los últimos días viene experimentando una subida en sus cotizaciones paralelas debida en gran parte a factores especulativos y políticos.
La suba del dolar blue acumula 32 pesos durante las primeras semanas de enero . Las instrucciones van desde la presión de sectores del complejo agropecuario para recibir una nueva edición del dólar soja hasta una mayor demanda de turistas que salen al exterior. Además, la inestabilidad en el mercado cambiario es alentada por la oposición política-mediática, que en forma abierta combate la estrategia de control de precios. En paralelo, algunos sectores productivos y comerciales remarcan por las dudas cuando sube la cotización del dólar marginal.
La recompra de deuda puede funcionar en tres niveles: mejorar las cotizaciones de los bonos, con la consiguiente baja del riesgo país, frenar la suba de los dólares financieros y tratar de desinflar al blue.
Qué dice la resolución del Boletín Oficial
La normativa anunciada por Sergio Massa este miércoles fue publicada también hoy en el Boletín Oficial bajo la Resolución Conjunta 1/2023 del Secretario de Hacienda y el de Finanzas, Raúl Enrique Rigo y Pablo Setti.
A continuación, el texto completo de la norma:
Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2023
VISTO, el EX-2023-06463716- -APN-DGDA#MEC y la ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto -hasta 2014-
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 55 de la ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto –to 2014- se faculta a la Secretaría de Hacienda ya la Secretaría de Finanzas, ambos dependientes del Ministerio de Economía, a realizar operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las expresa, aclarando que estas podrán incluir la reestructuración de la deuda pública en el marco del artículo 65 de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, la compra, venta y/o canje de instrumentos financieros, cuentos como bonos o acciones, pases de monedas, tasas de interés o títulos;la compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados y dispone que dichas operaciones no alcanzarán por las disposiciones del decreto 1.023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorias.
Que el mencionado artículo 55 dispone, entre otras cuestiones, que para la fijación de los precios de las operaciones se debe tomar en cuenta los valores existentes en los mercados y/o utilizar los mecanismos habituales específicos para cada transacción.
Que se ha hecho factible y conveniente la realización de operaciones de administración de pasivos tales como la compra de instrumentos de deuda pública nacional denominada en moneda extranjera.
Que los instrumentos se encuentran cotizando en el mercado secundario a bajas paridades lo cual constituye una oportunidad de compra.
Que, a los fines de establecer los mecanismos para llevar adelante las operaciones referidas en el considerando anterior, resulta necesario aprobar los procedimientos operativos para su realización.
Que el Servicio Jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 55 de la ley 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto -t.o. 2014-.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y EL SECRETARIO DE FINANZAS RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la realización de operaciones de compra de los títulos de la deuda pública que se detallan en el Anexo I (IF-2023-06470484-APN-SF#MEC) de la presente resolución, la que se llevará a cabo a través del Banco Central de la República Argentina (BCRA) en su calidad de Agente Financiero del Tesoro.
ARTICULO 2°.- Apruébase el procedimiento para la realización de la operación descripta en el artículo 1° que obra como Anexo II (IF-2023-06471288-APN-SF#MEC) a la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Raúl Enrique Rigo – Eduardo Pablo Setti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publica en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
mi. 18/01/2023 N° 2283/23 v. 18/01/2023
Fecha de publicación 18/01/2023