Formosa: JxC fue a la Corte para impugnar la candidatura de Insfrán

Formosa: JxC fue a la Corte para impugnar la candidatura de Insfrán

Para el precandidato Fernando Carbajal están en juego principios republicanos de la Constitución Nacional.


Con el antecedente de la suspensión de las elecciones en San Juan y Tucumán por parte de la Corte, el exjuez federal y diputado nacional por Formosa, Fernando Carbajal, elevó un escrito en el que solicitó que el Máximo Tribunal se expida sobre la constitucionalidad del artículo 132 de la Constitución Provincial, que sostiene que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”.

La falta de precisión genera, según Carbajal, un “vacío legal” que beneficia a Gildo Insfrán, quien gobierna la provincia desde 1995 y no se descarta aún que se presente en los próximos comicios.

“Su ambigüedad permitiría ‘la reeleción indefinida’ del actual gobernador. Esto constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional que en sus artículos 1, 5 y 123 recepta para el pueblo de la Nación los principios republicanos de gobierno y temporalidad en el poder”, sustuvo el candidato.

Además, el diputado le pidió a la Corte una eventual medida cautelar para suspender los comicios en caso de que Insfrán formalice su candidatura. “Nosotros planteamos una acción meramente declarativa, no requiere que la acción esté perfeccionada. La medida cautelar será después del domingo, cuando se oficialice la candidatura de Insfrán. Ahí vamos a pedir que se provea la medida cautelar”.

Y agregó: “La planteamos para que se aclare el estado de incertidumbre respecto de si puede ser o no candidato. Lo que todavía no se va a proveer seguramente es la cautelar. El peligro en la demora, requisito de cautelar, se va a dar en el momento en el que se efectivice su candidatura, a pesar de que la ciudad está repleta de carteles con su cara”.

Quién es Carbajal

Diputado nacional desde 2021, Carbajal viene de ser juez federal subrogante en la provincia de Formosa. Era un tipo desconocido en el plano nacional hasta que arrancó la pandemia de coronavirus y saltó a la fama por firmar una resolución para permitir el ingreso a Formosa de ciudadanos varados, algo que el Ejecutivo controlaba por medio del Programa de Ingreso Ordenado y Administración de Personas.

Ese tipo de resoluciones fueron repetidas por el entonces magistrado, que se ganó el repudio de las autoridades sanitarias locales que todavía lo responsabilizan por un pico de contagios y muertes ocurridos en la provincia del norte argentino.

Esa situación catapultó a Carbajal a dejar la judicatura y saltar a la política, en una estrategia que ha cosechado reproches oficialistas que aseguran que usó sus sentencias para instalarse políticamente en un contexto sanitario negativo.

“Con su ataque, el gobierno me posicionó como una figura política, algo que no era mi intención porque no hice nada para eso. Mi única tarea era estar en la sala de audiencias dictando resoluciones, pero ellos me pusieron como enemigo público número uno”, aseguró previo a las elecciones del 2021.

La reelección indefinida

Insfrán llegó al poder en 1995 y se suponía que iba a dejarle su lugar, tras un primer mandato, a su socio político Vicente Joga (de quien había sido vicegobernador en entre 1991 y 1995).

Pero Insfrán, veterinario de Laguna Blanca, se distanció de Joga. Después, forzó una interpretación de la Constitución provincial, que en ese momento indicaba claramente que Insfrán debía dar un paso al costado y no podía optar por un tercer mandato seguido.

Entonces, la Constitución formoseña -sancionada en 1957- decía que no se podía permanecer por más de dos períodos seguidos en el cargo de gobernador o vice (indistintamente). Y que para regresar al poder era necesario dejar pasar un período de gobierno.

En 1999, Carbajal, entonces apoderado de la UCR Formosa, se presentó ante la Corte Suprema solicitando que intervenga, pero la Corte del gobierno de Carlos Menem no hizo lugar al planteo, argumentando que era una cuestión que debía resolver la Justicia formoseña.

Más tarde, en 2003, ya consolidado su poder, Insfrán reformó la Constitución provincial, que ahora indica, en su artículo 132, que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos”.

Para Carbajal, también ese artículo puede ser reinterpretado y no necesariamente indica que el gobernador puede quedarse de manera indefinida en el poder, ya que eso afecta los principios republicanos y choca contra el artículo 5 de la Constitución Nacional.

Para el exjuez federal, “el dato central no es la suspensión de las elecciones” sino “la decisión de la Corte de tomar este tema que existe en las provincias feudales y empezar a poner límites a las libres interpretaciones que se hicieron de las constituciones provinciales”.

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