En diciembre del 2022 el Tribunal Oral Criminal (TOC) 3 de Lomas de Zamora, compuesto por los jueces Marcelo Hugo Dellature, Luis Miguel Gabián y Claudio Fernández, condenó a los siete ex policías responsables de la llamada “Masacre de Wilde”, ocurrida en ocurrida en 1994 a 25 años de prisión, por homicidio simple.
Actualmente la causa no se encuentra firme a causa de la apelación de la sentencia, que las familias de las víctimas esperan que sea ratificada por el Tribunal de Casación. Los culpables, mientras tanto, siguen en libertad, mientras que esta historia, que comenzó hace casi 30 años, parece que no terminará nunca.
El hecho ocurrió el 10 de enero de 1994 en la localidad de Wilde. Los siete oficiales condenados asesinaron a Edgardo Cicutín, Norberto Corbo, Enrique Bielsa y Claudio Mendoza, con el argumento de que los habían confundido con delincuentes. Los dos autos en los que viajaban las víctimas fueron acribillados con 239 disparos. Milagrosamente, el remisero Claudio Díaz se convirtió en el único sobreviviente.
Annicchiarico: “Fue un cuádruple homicidio agravado”
En diálogo con Noticias Urbanas, el abogado Ciro Annicchiarico, representante de Raquel Gazzanego, esposa de Edgardo Cicutín, advirtió que los condenados pueden presentarse, luego de la posible ratificación de la condena, ante la Corte provincial, y luego, como última instancia, ante la Suprema Corte de la Nación. Esto indica que la finalización del proceso judicial tardará bastante tiempo más. El expediente actualmente está en el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires.
No obstante, el abogado se acerca constantemente al TOC 3 para controlar que las pautas que impuso el tribunal sean cumplidas, y afirmó que “según la información obtenida por secretaría, no hubo ninguna novedad. Los acusados siempre fueron a dar el presente cada 15 días y no hubo ningún permiso para ausentarse o algo que pueda llamar la atención”.
“Lo que se espera es que Casación haga lugar al recurso y rectifique el hecho como cuádruple homicidio agravado y una tentativa de homicidio agravado, que es la pena que se corresponde con una prisión perpetua”, señaló Annicchiarico y aseguró que este pedido “fundado bastante bien, porque hay datos objetivos que implican un error material clarito en el que incurrió el Tribunal, más allá que fue un fallo realmente”.
En esa línea, advirtió que “el tribunal denegó la calificación como homicidio agravado porque dice que la primera vez que yo pedí esa calificación fue cuando alegué en el juicio y ha cometido un error garrafal, porque basta con leer el expediente para advertir que yo pedí la calificación como homicidio agravado desde que produje el primer requerimiento de elevación a juicio, cuando todavía estaba en primera instancia”.
Además, indicó que más allá del mencionado error no fue “un fallo malo”, e insistió que “cuando analizaron la responsabilidad fue clarísimo, inclusive al leer los fundamentos del fallo dieron por ciertos los hechos, a los que describen como homicidio agravado, un cuádruple homicidio agravado, pero después lo calificaron como un homicidio simple, cosa que también llama poderosamente la atención”.
Casación y los tiempos procesales
Si bien son seis meses los que tiene Casación para evaluar la causa del anterior fallo, el tiempo, según el abogado, se puede dilatar. “Son 6 meses de la justicia argentina, ahora los jueces, cuando tienen que fallar el código procesal evidentemente no lo toman en cuenta”, remarcó y aseguró que, puntualmente éste, es “un proceso que se conoce mucho, el Tribunal de Casación de la provincia intervino en varias oportunidades, con motivo de distintos recursos que interpusieron los procesados, así que desde hace largo rato es un caso harto conocido, que lo deben tener muy estudiado”.
En ese marco criticó que “no se trata de un hecho nuevo, repentino, del cual no tienen ningún conocimiento”. Por ello, opinó que, si bien la justicia bonaerense está desbordada, éste es un caso que, por el contrario, es más que conocido, estudiado, leído, y que ha llegado a Casación una gran cantidad de veces.
Los siguientes pasos
Aún si hay una ratificación de la condena como homicidio simple o como homicidio agravado, en caso de que se haga lugar al requerimiento de Annicchiarico, los defensores van a interponer un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires y si falla con la ratificación de la condena, pueden ir ante la Corte de la Nación por recurso Federal.
“Los defensores tienen derecho a hacerlo y agotar las últimas instancias”, reconoció el abogado, pero subrayó que “con que ratifique las condenas, como homicidio simple o agravado, ya hay una doble coincidencia, lo que en derecho penal se conoce como doble conforme y ya me autorizan a pedir las detenciones, porque hay una coincidencia de dos tribunales”.
En ese tono concluyó que “no quiere decir que haya desaparecido el principio de inocencia, porque siempre está hasta que haya una condena firme, pero se transforma en una situación harto difícil de mantener y de justificar”.
Los condenados fueron el comisario Roberto Mantel, el oficial Osvaldo Lorenzón, el comisario Eduardo Gómez, el subteniente Pablo Dudek, el oficial Marcelo Valenga, el oficial Julio Gatto y el cabo Marcos Rodríguez, que estuvo prófugo por casi 20 años, hasta que fue apresado en la provincia de Córdoba. Mientras tanto, el comisario César Córdoba, Hugo Reyes y Carlos Saladino fueron los policías que murieron en el transcurso de los años de impunidad. Por otra parte, el subteniente Marciano González sufrió un accidente cerebrovascular y quedó fuera del juicio a causa de la incapacidad que le produjo.
Anteriormente, la causa había sido pospuesta durante casi 20 años, hasta que la Corte Suprema de Justicia bonaerense ordenó reabrir el juicio en 2013 y el juez de Garantías Gabriel Vitale elevó la causa a juicio oral el 16 de Septiembre de 2014.