Musa: "El conflicto se limita a los distintos intereses institucionales"

Musa: "El conflicto se limita a los distintos intereses institucionales"

La Asesora General Tutelar de la Ciudad, Laura Musa, a raíz de una nota publicada en nuestro medio sobre la acción de habeas corpus en la que solicita "se ordene el cese de la ilegal práctica -perpetrada por integrantes del Ministerio Público Fiscal- de privar de la libertad en dependencias policiales" a menores, consideró necesario aclarar que "dentro del Ministerio Püblico" porteño "no existen conflictos" sino "tensiones propias que generan los distintos roles institucionales".


A raíz de una nota publicada en NOTICIAS URBANAS la semana pasada en la que se describió un conflicto judicial (entendiendo la palabra conflicto como "cuestión, materia de discusión" de acuerdo a una de sus acepciones aceptadas por la Real Academia Española) surgido entre los actores del Ministerio Público de la Ciudad a raíz de una acción de habeas corpus presentada por el Ministerio Público Tutelar en la que se solicita "se ordene el cese de la ilegal práctica- perpetrada por integrantes del Ministerio Público Fiscal- de privar de la libertad en dependencias policiales" a menores; la asesora General Tutelar de Menores e Incapaces de la Ciudad, Laura Musa, haciendo uso de su derecho a réplica, consideró necesario aclarar que "en la presente causa no se exponen los conflictos dentro del Ministerio Público de la Ciudad, porque éstos no existen".

"Si expone las tensiones propias que generan los distintos roles institucionales que constitucionalmente y legalmente deben cumplir cada uno de los actores involucrados", resaltó Musa.

"Todo el Ministerio Público tiene como función constitucional la de ‘promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad’, pero el Fiscal, realiza esta función desde su rol de titular de la acción penal.
En cambio, el Ministerio Público Tutelar, promueve los intereses generales de la sociedad garantizando se respeten y apliquen los mandatos constitucionales vinculados a los derechos y garantías de las personas menores de edad", explicó la Asesora General.

Y agregó: "Por lo tanto, asume una misión estrictamente vinculada a la articulación, monitoreo, control y reclamo del funcionamiento de las distintas agencias, con la finalidad de que el Estado Local cumpla con sus responsabilidades, en función del respeto, protección y la satisfacción de los derechos y garantías de las personas menores de edad. El Ministerio Público Tutelar, enmarcado en los mandatos constitucionales, sólo puede ser entendido como órgano de control y exigibilidad del funcionamiento de los canales institucionales adecuados y competentes, en cada instancia donde se dirime el acceso a un derecho o el respeto de una garantía. En este marco, este Ministerio Público tiene la obligación de arbitrar los mecanismos institucionales e impulsar la acción de la Justicia para garantizar el respeto de sus derechos".

Finalizando las aclaraciones, Laura Musa concluyó subrayando que "el conflicto se limita a los distintos intereses institucionales que se representan y defienden en la acción presentada".

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