Devolución del IVA: cuánto hay que gastar para obtener el reintegro de $18.800

Devolución del IVA: cuánto hay que gastar para obtener el reintegro de $18.800

El beneficio lo percibirán quienes cobren salarios de hasta $ 708 mil.


El Ministerio de Economía anunció la ampliación del programa de devolución del IVA (“Compre sin IVA”) para compras de productos de la canasta básica. Esta medida, que anteriormente beneficiaba solo a jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), se extiende ahora a trabajadores y cobren salarios de hasta $ 708 mil.

No hay que hacer trámites extra, dado que solo hace falta hacer la compra con tarjeta de débito. Sin embargo, la medida consta de algunos detalles que hay que tener en cuenta, como el hecho de que hay tope de reintegro: se podrán obtener hasta $ 18.800 mensuales.

De acuerdo con las declaraciones de Massa, alcanza a 9 millones de trabajadores que cobran salarios de hasta $ 708.000 mensuales, 2,3 millones de monotributistas.

La devolución se efectuará a las 48 horas de haber hecho la compra. En este sentido, se debe gastar al menos $ 89.523 en el mes. Esto considerando que el reintegro es del 21%. Si los gastos mensuales en productos incluidos en el programa están por debajo de esa cifra, el reintegro será menor.

¿Cómo se cobra la devolución del IVA?

No habrá que hacer ningún trámite, el beneficio es automático, se habilita de manera automática a todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, así como también a los productos de higiene personal y de la canasta del hogar.

Al realizar la compra con la tarjeta de débito, a las 48 horas se les va a acreditar automáticamente la devolución del programa Compre sin IVA, que representa la devolución de la totalidad del IVA en los productos de la canasta básica.

Será para cualquier comercio que venda productos de la Canasta Básica.

Además es acumulable con otros beneficios bancarios.

¿Cuáles son los productos incluidos?

Los productos a los que se les descontará el IVA son aquellos que integran la Canasta Básica Alimentaria (CBA). Se trata del conjunto de alimentos y bebidas que satisfacen los requerimientos nutricionales, kilocalóricos y proteicos de la población.

Pan; galletitas de agua; galletitas dulces; arroz; harina de trigo; fideos; papa; batata; azúcar; dulces: dulce de batata, mermelada y dulce de leche; legumbres secas; hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate, zanahoria y zapallo; frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera; carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo y carne de pescado; menudos (hígado); fiambres: paleta cocida y salame; huevos; leche; quesos: queso crema, queso cuartirolo y queso de rallar; yogur; manteca; aceite; bebidas no alcohólicas: gaseosas, jugos concentrados y soda; bebidas alcohólicas: cerveza y vino; sal fina; condimentos: mayonesa y caldos concentrados; vinagre; café; yerba.

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