El Gobierno nacional dispuso nuevas restricciones para frenar la escalada de los dólares financieros, a raíz de la fuerte suba de los precios que se produjeron en las últimas jornadas. Los bonos con legislación extranjera deberán permanecer cómo mínimo cinco días en las carteras de los clientes para luego ser vendidos, según una norma de la Comisión Nacional de Valores publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Esta disposición hace más riesgosa la operación con estos títulos debido a los movimientos que pueden producirse durante el plazo de tenencia conocido en el mercado financiero como parking. La medida afecta sólo a los títulos con legislación extranjera y deja afuera a los de legislación local.
Por un lado, si eligen operar con bonos Globales (como GD30), el tiempo mínimo de permanencia en la cartera (parking) entre la compra del título soberano en pesos y su posterior reventa en moneda dura pasará de tres a cinco días.
En cambio, si se opta por un bono de ley local (los Bonares o AL, como el AL30), no habrá cambios y el parking seguirá siendo de un día.
De esta forma, se afecta la operación con bonos Globales, donde el Gobierno tiene menos margen de maniobra para intervenir y no impacta en los BONARES, que tienen legislación local y es el mercado en el que puede influir en el precio.
Esta medida se tomó luego de la última escalada del Contado con Liquidación (donde se opera preferentemente con bonos Globales, CEDEARS y LEDES) que llegó a cotizar por encima de los $900.
El Gobierno tiene puesto el foco en contener el precio de dólar en todas sus franjas con todas las herramientas disponibles para llegar a las elecciones presidenciales del próximo 22 de octubre mostrando cierto control de la situación.
“La medida establece algunas disposiciones en forma transitoria con el objetivo de mantener una política que permita regular con mayor eficiencia el mercado de capitales y su vínculo con el régimen de cambios. Las medidas se toman en colaboración con el Banco Central (BCRA) y buscan reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”, explicaron desde la CNV.
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— CNV Argentina (@CNVArgentina) October 6, 2023
Cambios en las ALyCs
La medida sí es un golpe para las carteras de los agentes de liquidación y compensación, más conocidas como ALyCs. En detalle, la normativa estableció un plazo de permanencia mínimo de cinco días hábiles para la venta de valores negociables de legislación extranjera con liquidación en moneda extranjera, para realizar transferencias emisores y receptoras. Es decir, cuando se compra un GD30 en la Argentina, tendrán que esperar cinco días para transferirlo al exterior o recibir del exterior.
Además, pasa de 15 a 30 días el plazo para vender los dólares obtenidos con estas operaciones con bonos soberanos. En paralelo, cuando las sociedades de bolsa operen con cartera propia en mercado del exterior por “mandato” de sus clientes, solo podrán hacerlo en segmentos de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo (PPT) de mercados autorizados bajo control y fiscalización de una entidad gubernamental regulatoria.
Adicionalmente, la CNV dispuso que las ALyCs deberán presentar una declaración jurada semanal con todas las operaciones concertadas en mercados del exterior (tanto propias como por mandato) detallando especie, cantidad, precio y contraparte.
Por último, cuando las sociedades de bolsa operen con cartera propia, deberán terminar, al finalizar el día, habiendo vendido la misma cantidad de bonos soberanos que los que compró. Tendrá que ser con liquidación en dólares, en el mismo día, mismo plazo de liquidación y misma especie.