La ansiedad que colmó por meses a los seguidores de una de las bandas más poderosas del rock internacional pudo ser satisfecha. AC/DC pisó suelo argentino y colmó el estadio de River Plate de música, fanáticos, pogo y oportunistas que encontraron en el masivo espectáculo el momento adecuado para realizar actividades lucrativas al filo o directamente en infracción a la ley.
Según informaron a NU fuentes del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, sólo en el recital del día domingo se labraron un total de 68 actas por infracción al Código Contravencional porteño.
A la cabeza de las infracciones se encontraron los ?trapitos?. Por cuidar coches sin autorización legal exigiendo una retribución por el estacionamiento en la vía pública (artículo 79) se labraron 38 actas. Los infractores podrán ser sancionados con 1 o 2 días de trabajo de utilidad pública o una multa de 200 a 400 pesos.
También se labraron 16 actas por infracción al artículo 83 (usar indebidamente el espacio público). La normativa vigente en la Ciudad sanciona con multas de 200 a 600 pesos a quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, e incrementa a multas de 5.000 a 30.000 pesos a quienes organicen actividades de este tipo ?en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido?.
En el operativo desplegado por los fiscales porteños, también se encontraron situaciones irregulares vinculadas con el suministro y depósito de bebidas alcohólicas, razón por la cual se labraron 14 actas.
Para esta infracción, el artículo 104 del Código Contravencional establece que, ?quien con motivo o en ocasión de un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, guarda bebidas alcohólicas en dependencias del lugar en el que se desarrollan tales actividades, es sancionado/a con multa de 1.000 a 5.000 pesos?. E ?idéntica sanción corresponde a quien suministra bebidas alcohólicas en el lugar donde se desarrolla un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, o en sus adyacencias, en el período comprendido entre las cuatro horas previas a la iniciación y una hora posterior a su finalización?. La normativa también establece que ?el/la dirigente, miembro de comisiones directivas o subcomisiones, o persona con igual poder de decisión que guarda, suministra o permite la guarda o suministro de bebidas alcohólicas en dependencias del lugar donde se desarrollan tales actividades, es sancionado/a con multa de 5.000 a 25.000 pesos o arresto de 5 a 15 días?.
Los datos totales de infracciones labradas durante las fechas en las que se realizaron los recitales de AC/DC, suman 148 actas (82 por trapitos, 45 por venta ilegal, y 18 por venta de bebidas alcohólicas) También se realizaron dos actas por infracción al artículo 91 (revender entradas para un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, provocando aglomeraciones, desórdenes o incidentes), y una por guardar elementos aptos para la violencia (artículo 109).
Entre las 148 actas labradas, en su mayoría por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Ciudad, se contabilizan 10 realizadas por efectivos de la Policía Federal Argentina (3 por venta ilegal de bebidas alcohólicas, 6 a trapitos y 1 por venta ilegal en el espacio público).
Hasta el momento no obran aún resultados respecto de artículo 82 (ruidos molestos), pero según informaron fuentes del Ministerio Público Fiscal "personal del CIJ se encuentra abocado a las constataciones".