El Gobierno le dará una nueva oportunidad a las SAS, las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), que creó Mauricio Macri y fueron dejadas de lado durante la gestión de Alberto Fernández. Se trata de un formato de constitución de empresas más flexible y que busca no ser tan burocrático.
Los cambios están a cargo de la Inspección General de Justicia, que encabeza Daniel Roque Vítolo, y serían publicados en el Boletín oficial este jueves, según le confirmaron a Infobae fuentes oficiales.
“Ante la necesidad urgente de proveer a los emprendedores y Pymes de la posibilidad de recurrir a esta estructura jurídica, en el curso de esta semana la IGJ anunciará un plan de transición para que las SAS puedan volver a constituirse fácilmente y con rapidez, de modo de poder obtener su registro, inscripción en AFIP y habilitación de libros digitales, en un plazo máximo de 72 horas”, confirmaron desde el Gobierno.
En paralelo, la IGJ se prepara para derogar una serie de resoluciones generales dictadas durante la administración anterior por las cuales se requería a las SAS cumplir con exigencias que la propia ley de creación de estas figuras no les imponía y que “tuvieron como único objeto desincentivar y desalentar a los empresarios e inversores, impidiendo que pudieran registrar estas sociedades a nivel nacional”, se aseguró.
Entre las normas que serían dictadas en el curso de esta semana estaría la posibilidad inmediata de constituir SAS en 72 horas por dos procedimientos básicos. El primero de ellos sería el de constitución de la sociedad con intervención de un escribano con firma digital, bajo un estatuto modelo provisto por el organismo en su página web, o por un estatuto de libre redacción por parte de los socios. El segundo mecanismo sería constituir la SAS vía TAD (Trámites a Distancia) con firma digital de todos los constituyentes, también bajo un estatuto modelo o de libre redacción.
Estos procedimientos estarían disponibles a partir del lunes 15 de abril próximo, y contarían con instructivos que se publicarían en las páginas web del organismo y los colegios profesionales.
Luego, en la segunda quincena del mes de mayo, se agregaría a estas dos opciones una tercera alternativa, que permitirá a quienes no deseen recurrir a una escritura pública o no posean firma digital, poder constituir igualmente una SAS concurriendo a las oficinas de IGJ donde sus firmas serán homologadas por un Inspector habilitado, bajo un sistema de turnos.
Según las fuentes del Gobierno, habrá otras medidas de apoyo a la simplificación y facilitación de la constitución y funcionamiento de las SAS. Entre ellas:
- Suspender ciertas exigencias en el régimen de publicación de edictos.
- Aceptar el capital social mínimo dispuesto por la ley como suficiente para la constitución de la sociedad sin efectuar consideración alguna en relación con el objeto perseguido por la sociedad.
- Admitir computar los gastos de constitución e inscripción como parte de la integración del capital.
- Liberar a los administradores de SAS de tener que prestar garantía por el ejercicio de sus funciones.
- No se considerará a las SAS con capital significativo dentro del régimen de fiscalización permanente de parte del organismo.
- Se liberará a estar sociedades de tener que presentar balances ante IGJ.
- Se permitirá la subsanación de las firmas electrónicas mediante la ratificación por parte de los socios actuales de la sociedad en el próximo trámite que realicen ante el organismo, sin necesidad de recurrir a los fundadores.