En la justicia, los juicios no sólo terminan cuando los jueces dictan sentencia definitiva, también pueden concluirse si las partes se ponen de acuerdo. En la Ciudad de Buenos Aires, la Procuración General tiene, de acuerdo a la Ley 1218, la posibilidad de efectuar transacciones o conciliaciones para concluir un juicio, tras establecer un monto que satisfaga a las partes. Esta situación fue observada por el legislador K Juan Cabandié quien consideró que si bien los montos y procedimientos están legislados, en la práctica muchos juicios se culminan sin contar con la aprobación legislativa que la ley establece.
Con la intención de comprometer la interveción del Parlamento en los ?Modos Anormales de Terminación de los Procesos judiciales? en los que interviene la procuración, el presidente del bloque Frente para la Victoria de la Legislatura porteña presentó días atrás una iniciativa que propone la modificación de la normativa y limitar el accionar de la Procuración incrementando la participación del Poder Legislativo en los acuerdos para concluir juicios.
La iniciativa plantea ?la necesidad de extender los plazos previstos en la actual legislación con el objeto de reducir los casos de las llamadas aprobaciones fictas ? las que se producen por el vencimiento del plazo sin pronunciamiento legislativo- transformando los que hoy se plantean como días corridos en días hábiles y ciñendo el periodo de análisis dentro del periodo de sesiones ordinarias de la Legislatura?.
También, debido a que los expedientes ?que la Procuración remite a la Legislatura asiduamente carecen de la información suficiente y a veces de la elemental, como para que esta pueda pronunciarse con la responsabilidad que estos casos ameritan?, el legislador K propone ?la obligación de la Procuración de acompañar un dictamen que contenga la información que consideramos prioritaria? y además que se faculte al Parlamento ?a solicitar la información adicional que considere pertinente?.
?El expediente que se remite a la Legislatura deberá ser acompañado por Dictamen firmado por el Procurador/a General o Adjunto, detallando la individualización de la contraparte, su relación con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el monto y los ítems demandados, las características del caso, las principales actuaciones del mismo, y los criterios jurídicos que fundamentan la
conveniencia del acuerdo?, expresa el proyecto, y agrega que en los casos dónde los montos superen a las 500 mil unidades (500 mil pesos) el expediente remitido deberá contener la firma del Procurador General.
?La extensión de los plazos conjuntamente con la exigencia que la Legislatura reciba la información necesaria por parte de la Procuración son suficientes para garantizar el objetivo de la norma haciendo posible la intervención adecuada del Poder Legislativo para legitimar la acción de la Procuración en los casos previstos?, resalta el legislador en los fundamentos del proyecto.