El régimen jubilatorio de privilegio de los magistrados porteños podría dejar de ser un beneficio exclusivo de los jueces y funcionarios judiciales regidos por la ley 24.018 que, entre otros regímenes especiales, establece las asignaciones mensuales vitalicias para el Presidente , Vicepresidente de la Nación, Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, además de las jubilaciones de los funcionarios de los tres poderes del Estado de la Ciudad. Con el objetivo de reducir el desfasaje entre el salario del trabajador del Poder Judicial de la Ciudad y el ingreso percibido a la hora de jubilarse, y para ?acercar a los empleados jubilados al nivel de los magistrados y funcionarios?, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad presentó días atrás en la Legislatura porteña un proyecto de ley para crear un Fondo Compensador de las jubilaciones y pensiones de los trabajadores de la planta permanente del Poder Judicial porteño.
?Se trata de un Fondo, el que poseerá un patrimonio independiente del Consejo de la Magistratura, y será conformado con los aportes que efectúen, tanto empleados en actividad como la parte patronal. Se prevé una escala ascendente en los aportes de los trabajadores, siendo mayor el porcentaje salarial a depositar cuanto más se acerca la edad jubilatoria: así, los trabajadores hasta 40 años, aportan el 1% de sus remuneraciones y los de más de 50 años, el 2%. Además, el Fondo poseerá recursos provenientes de donaciones u otras liberalidades de las que fuera destinatario, como así también de los intereses que obtenga de la inversión de los fondos excedentes en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires o de la Nación Argentina?, expresa la iniciativa en los fundamentos.
El proyecto impulsado por el presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, Juan Manuel Olmos, plantea también que el órgano administrador de la justicia local también sumará un 1 por ciento del total de las remuneraciones que paga a sus empleados para incrementar el fondo compensador, y establece que para ?resguardar los aportes de los trabajadores, y mantener la separación de patrimonio del Consejo de la Magistratura y el Fondo Compensador, se crea una Comisión Administradora, la que se encontrará presidida por el Administrador General del Consejo de la Magistratura e integrada por la Dirección de Factor Humano y la Dirección de Programación y Administración Contable del Consejo?. La iniciativa, que deberá ser recogida por algún legislador para ser tratada, ingresó el pasado 2 de julio a la Comisión de Legislación General.
El proyecto no sólo plantea la creación de una comisión especial para la administración del fondo, también establece el control gremial por parte de las organizaciones sindicales del Poder Judicial, y la obligación de presentar un informe trimestral de gestión por parte de la Comisión ante el Plenario del Consejo de la Magistratura.
De aprobarse la iniciativa, aquellos trabajadores de la planta permanente del poder judicial porteño que no deseen aportar a este fondo podrán expresar su negativa (pero quedarán fuera de los beneficios futuros). En el caso de sancionarse la propuesta del Consejo de la Magistratura, los empleados judiciales recibirán un plus equivalente al 20 por ciento del último haber percibido al momento de jubilarse, y dicho aporte se ajustará de acuerdo a los aumentos que obtengan los trabajadores activos.