Revés judicial para un DNU de Macri

Revés judicial para un DNU de Macri

Afectaba la percepción de los honorarios de los abogados en las causas previsionales.


El jueves de la semana pasada, el presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, celebró el fallo del titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal n° 3, Santiago Carrillo, que ratificó la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 157/18, dictado por el presidente Mauricio Macri, que afectaba la percepción de los honorarios de los abogados en las causas previsionales.

Si bien esto ya había sido resuelto por el voto unánime de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Morales, B. A. c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”; ahora, el juez, en la causa que inició el CPACF, siguió la misma línea y “reivindicó el principio general de que las costas deben seguir el orden de la derrota, salvo que sea contra los jubilados, en ese caso se establece en el orden causado”, sintetizó el ex camarista que juzgó a los comandantes de la última dictadura.

Finalmente, Gil Lavedra destacó lo importante que resulta, en esta coyuntura, que “se haya establecido nuevamente que el Poder Ejecutivo no puede gobernar por decreto y de que los decretos de necesidad de urgencia son de estricta excepcionalidad y no pueden ser de uso corriente”.

Te puede interesar

Qué se dice del tema...