Maqueda, que dio una entrevista por primera vez en los más de 20 años desde que integra la Corte, afirmó que no habrá tratamiento prioritario para la causa contra CFK, aunque aclaró que, antes, la Cámara de Casación Penal debería admitir el recurso extraordinario que pedirá la defensa de la expresidenta o, en todo caso, que presenten un recurso de queja.
“No se fijan prioridades de ese tipo privilegiando a una persona, o a la causa que tiene una persona; o de lo contrario, no tratándola por una persona y dejándola de lado. Generalmente tiene que ver con la complejidad de las causas el momento que se elige para que las causas puedan salir. Y además el trámite: si está trabado o no. Explicaba que, a pesar de que los medios de comunicación transmiten que va a resolver la Corte, la realidad es que la que acaba de fallar es la Cámara de Casación Penal”, explicó Maqueda al diario cordobés La Voz.
“Ahora, los apoderados legales de Cristina Kirchner tendrán la oportunidad de presentarse ante la misma cámara con un recurso extraordinario. Y su mismo nombre lo dice: el recurso extraordinario no es un recurso simple, ni tampoco es parte del sistema recursivo normal. Un recurso extraordinario tiene que demostrar que hay causa federal que, en el lenguaje simple, sería donde hay un tema constitucional por el cual agraviarse, y sobre el cual la Corte se tiene que dedicar a ver ese tema. O tiene que haber una arbitrariedad muy grande. Si eso sucede, la Cámara que se expidió, que es la que tiene el expediente en este momento y que es la que acaba de pronunciarse, decidirá si abre el recurso extraordinario. Y si esto va a la Corte”, detalló el magistrado y aclaró que no está confirmado que Casación considere viable el recurso extraordinario.
En ese sentido, Maqueda explicó que el hecho de que Cristina Kirchner sea expresidenta “no lo hace extraordinario en sí mismo” y aclaró que tiene que haber una causa federal o una grave arbitrariedad. “Y la tienen que detectar los mismos jueces que han fallado ahora. Y si ellos llegan a decir: ‘No hemos encontrado ni causa federal ni arbitrariedad para conceder el recurso extraordinario’, y lo niegan, está la posibilidad de que se recurra a la Corte en forma directa, como se llama, a través de lo que se denomina un Recurso de Queja. Todo eso lleva mucho tiempo”.
El juez detalló que el trámite para todo eso es largo. Enumeró que un recurso de este tipo la Corte lo recibe en la mesa de entrada, luego lo gira a una secretaría (en este caso la N° 3, que es la Penal), y esa secretaría lo tiene que estudiar “en el orden de las causas que tiene, y tiene que hacer un informe previo, y después empieza a girar por las vocalías de los cinco miembros, en este caso cuatro. Todo para que se estudie si es admisible o no”.
“Ya se expidió el último tribunal penal de la Nación. Porque la Cámara de Casación es el último tribunal, vendría a ser la tercera instancia. La primera es el juez, la segunda es la cámara o el tribunal oral en este caso, y después ha venido la Cámara de Casación. Esta sentencia ya ha sido vista por tres jueces y dos tribunales como mínimo”, comentó a La Voz, aunque aclaró: “No conozco la causa. Y si la conociera tampoco hablaría tampoco”.